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SE PUEDE OTORGAR PERDON LEGAL
- Consulta : 98166
- Autor : zairimamba30_NR
- Publicado : Domingo 16 de Enero de 2011 13:49 desde la IP: 201.132.44.39
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,088
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 16 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Sinaloa
HOLA BUEN DIA ESTOY DESESPERADA, MI PADRE COMETIO EL DELITO DE DA;OS CULPOSOS, Y TODA VIA SE ENCUENTRA EN LA CARCEL, DESDE HACE UN MES, Y LE COBRAN 8,500 PESOS POR LOS DA;OS Y 2000 PESOS POR SANCION. MI PREGUNTA ES> SI LE OTORGAN EL PERDON LEGAL, TAMBIEN TENGO QUE PAGAR LOS 2000 PESOS POR SANCION O MULTA PARA QUE LO DEJEN EN LIBERTAD?
POR FAVOR QUE ALGUIN ME AYUDE CON ESTA DUDA, LO ANTES POSIBLE
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 205276
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Enero de 2011 14:18 2011-01-16 14:18 desde IP: 187.194.29.143
eso se lo debes preguntar a tu abogado penalista que se ha hecho cargo del asunto... ya sea el particular o el de oficio... ya que tu padre podia haber salido de la carcel al dia siguientye del hecho...pagando los daños y la fianza...
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Autor
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AutorRespuesta No: 205286
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Enero de 2011 14:54 2011-01-16 14:54 desde IP: 189.159.251.243
si ya hay sentencia no procede el perdon, puedes pagar la sancion y lo demas pedirle al Juez que lo puedes pagar en abonos y si incumple va para la carcel otra vez, ..............LIC. DESTINO VERDE.
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Autor
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AutorRespuesta No: 205301
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Enero de 2011 15:37 2011-01-16 15:37 desde IP: 189.216.10.16
Buenas tardes.
Conforme a lo que dispone el Código Penal del Estado de Sinaloa, en su Título V, Capítulo V, Artículo 106 en su fracción IV, contempla esa posibilidad. El perdón del ofendido, extingue la pretensión punitiva en cualquier momento del proceso hasta antes de dictarse sentencia ejecutoria y una vez otorgado, no podrá ser revocado. Pero como lo indica también el Título III, Capítulo IV, en los artículos 32 al 50; Es definitiva la exhibición de la sanción pecuniaria, que comprende tanto la multa o sanción como la reparación del daño; y que aunado al Perdón del Ofendido, se de la pauta en su totalidad, a la Extinción de la Pretensión Punitiva. Por lo que debes de comentarle a tú abogado defensor, ya sea de oficio o particular, trate de convenir con la parte ofendida, que otorguen el perdón a la brevedad y llegar a un convenio para finiquitar los adeudos. A su vez, verificar las actuaciones ante la instancia correspondiente, ya que no debió de permanecer por mucho tiempo, evitando que tú papá permaneciera más de lo debido en dicha situación, como lo comentan los colegas en sus respuesta anteriores. Saludos.
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