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LEY Y ARTICULO
- Consulta : 97790
- Autor : vero_burgosk_NR
- Publicado : Jueves 13 de Enero de 2011 11:30 desde la IP: 187.143.122.24
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 13 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Veracruz
Hola, deseo felicitarlos por este nuevo año y agradecerles este foro de consultas, en un debate en la facultad que no es de derecho, salio el tema de las herencias, que al igual que heredamos bienes tambien las deudas se heredan, mi pregunta es me pueden decir en que Ley y que articulo esta escrito esto, y de esta manera poder sustentar ese argumento...gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 204670
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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Enero de 2011 12:04 2011-01-13 12:04 desde IP: 187.144.39.71
codigo civil de tu estado...capitulo de sucesiones...es cortito...300 articulos...
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Autor
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AutorRespuesta No: 323809
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Agosto de 2013 11:28 2013-08-16 11:28 desde IP: 201.148.31.98
CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE VERACRUZ
ARTICULO 1214
Herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que
no se extinguen por la muerte.
ARTICULO 1217
El heredero adquiere a título universal y responde de las cargas de la herencia hasta donde
alcance la cuantía de los bienes que hereda.
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