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INGENIERO
- Consulta : 621
- Autor : robertoeroman_NR
- Publicado : Viernes 05 de Diciembre de 2008 19:09 desde la IP: 189.133.20.190
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,678
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 05 de Diciembre de 2008
HOLA:
LA PREGUNTA ES LA SIGUIENTE:
TENGO UN PAGARE QUE VENCIO HACE 7 AÑOS, LA PERSONA DEUDORA NO ME HA PAGADO POR DIFERENTES MOTIVOS, Y COMO ES AMIGO MIO NO LO HE HECHO EFECTIVO POR LA VIA LEGAL. MAS YA LLEGO AL LIMITE Y AHORA SI VOY A PROCEDER.
MI PREGUNTA, ES: TIENE VALIDEZ EL PAGARE QUE TENGO DE HACE 7 AÑOS? ES POSIBLE COBRARLO POR LA VIA LEGAL? Y CUANTOS AÑOS TIENE VALIDEZ UN PAGARE?
ESPERO SU RESPUESTA.
SALUDOS.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1330
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LGTOC
Artículo 165.- La acción cambiaria prescribe en tres años contados:
I.- A partir del día del vencimiento de la letra, o en su defecto;
II.- Desde que concluyan los plazos a que se refieren los artículos 93 y 128.
Sin embargo, la acción causal prescribe en 10 años.. le quedan 3, aunque es una acción ordinaria y no es ejecutiva.
Suerte.
:)
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Autor
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AutorRespuesta No: 1345
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o bien, escribele en el anverso un pago parcial con fecha que no pase de los tres años para ejercitar tu accion, saludos.
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Autor






