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PENSIONES EN EL IMSS

  • Consulta : 4888
  • Autor : islasvj_NR
  • Publicado : Miércoles 11 de Febrero de 2009 14:00 desde la IP: 189.143.213.20
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 468
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  • Autor
    Consulta

  • islasvj_NR
    NO REGISTRADO

    Mi padre ha cotizado al IMSS durante 22 años, de 1972 a 1993 y de 2008 a 2009.

    ¿Al momento de pensionarse o jubilarse, con qué Ley del IMSS debe hacerlo?

    ¿Cuáles serían las opciones de pensión (modalidades) a que él tendría derecho y cuáles los beneficios de cada una de ellas?

    ¿Cuáles serían los requisitos para cada una de esas opciones?

    De antemano, muchas gracias por la información.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 12367

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Islasvi.

    al momento del tramite de pension el imss calcula las dos pensiones o al menos eso tiene por obligacion de realizar ha el le convendria pensionarse por la ley 73 ya que en ella cotizo el mayor tiempo de su vida laboral hasta ahora,en la ley 1973,se requiere tener 500 semanas cotizadas,60 años de edad y tener conservados sus derechos en la ley 97,son 1,250 semanas cotizadas y los dos conceptos de edad y conservacion de derechos es igual.22 años equivale a 1,144 semanas no hay de otra la ley 73.

    Hector.



  • Autor
    Respuesta No: 12638

  • ABO GHM
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    ASI ES COMO LO INDICA EL ANTERIOR ABOGADO, SIN EMBARGO YO TE RECOMENDARIA ASISTIERAS A LA PROFEDET AHI TE PUEDEN ASESORAR Y DEFENDER GRATUITAMENTE!



  • Autor
    Respuesta No: 12662

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    islavi

    por lo pronto no hay que acudir a nunguna procuraduria como lo recomienda el anterior panelista,si no veo ninguna litis por ningun lado no pierda tiempo el imss es lo adecuado .

    Hector.



  • Autor
    Respuesta No: 12701

  • gerel
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Islavi    Salu2

    Hector tiene razon no hay que acudir a ninguna procuraduria si no existe pleito aun.

    Lo que te menciona Hector es correcto nos conviene pensionarnos por la ley del 73 porque: 1. Mayor tiempo cotizado durante esa ley. y 2. los fondos de la AFORE solo incluyen los recursos de 1992 a la fecha.

    Para pensionarse por la ley del 73 se usa el salario promedio de los ultimos 5 años y las semans cotizadas se aplica una formula y tablas para calcular la pension. Para pensionarse por la ley del 97 con los recursos existentes en la AFORE se contrata una renta vitalicia.

    Gerardo

     



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