- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE HIJO
- Consulta : 4804
- Autor : sirconia26
- Publicado : Martes 10 de Febrero de 2009 14:00 desde la IP: 187.132.70.237
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 468
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 10 de Febrero de 2009
Muy buenas tardes, una pregunta en caso de demandar el reconocimiento de mi hijo nacido fuera de matrimonio, al solicitar la prueba de adn para probar la consaguinidad, quién debe costear la prueba de laboratorio, o en que términos se realiza ésta.
Agradezco de antemano sus atenciones.
atte.
Eloisa
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 12139
-
Fecha de respuesta: Martes 10 de Febrero de 2009 14:04 2009-02-10 14:04 desde IP: 189.228.133.19
quien demanda deberá costear la prueba del adn
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 12227
-
Fecha de respuesta: Martes 10 de Febrero de 2009 20:04 2009-02-10 20:04 desde IP: 189.176.125.119
paga la prueba quien demanda, e inclusive el demandado podrà al contestar la demanda señalar el labarotario en donde propone se realice la prueba y podràn ponerse de acuerdo, de no ser asì, se realizan la prueba en cada laboratorio propuesto por las partes y en caso de discordia el juez nombrarà un perito tercero en discordia, debemos de recordar que el demandado si se niega a realizar la prueba corre el riesgo de ser declarado confeso y se le obligarà a reconocer al hijo (ya existe jurisprudencia al respecto) con las consabidasd obligaciones y por supuesto derechos que de dicho reconocimiento emana.
saludos y espero haya servido esta cooperaciòn. saludos
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 12240
-
Fecha de respuesta: Martes 10 de Febrero de 2009 21:19 2009-02-10 21:19 desde IP: 189.133.79.173
es cierto lo que mencionan los abogados que anteceden, sin embargo me gustaria mencionar que si el demandado es condenado, puede a la vez ser condenado al pago de los gastos que usted haya erogado al momento de inciar el proceso. seria unicamente enunciar el objeto de lo que se reclama en cuandto al pago de gastos y costas, y en caso de ser condenado pero no a las costas podra apelar y seguramente sera condenado.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 12285
-
Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Febrero de 2009 07:36 2009-02-11 07:36 desde IP: 189.174.113.109
Y ademas , es bueno que lo sepas, no todo es miel sobre hojuelas, pues este proceso, se puede detener o alargar debido a las artimañans juridicas tendientes a retrasar el juicio, como apelaciones frivolas amparos, etc. pero paciencia, es cuestion de tiempo, poco tiempo para que una vez que el juzgador tenga los elementos para acreditar que la personita es hijo de quien debe ser biològiamente sentencie y envie un oficio al registro civil, donde tienes registrado a tu retoño
de seguro te ayudarà en algo
jdarrayalesarrobahot
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 12336
-
Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Febrero de 2009 12:17 2009-02-11 12:17 desde IP: 189.132.194.110
Un sólo comentario, la jurisprudencia en la materia no dice que si el demandado se niega a la prueba de ADN sea declarado confeso y se le obligue a reconocer al hijo, sólo establece que ante su negativa procederá una presunción de paternidad en su contra, la cual puede desvirtuarse por otros medios de prueba o en caso de que haya una presunción mayor en contra.
-
Autor





