- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
¿ES NECESARIO CASARSE?
- Consulta : 4684
- Autor : coradi22_NR
- Publicado : Lunes 09 de Febrero de 2009 12:03 desde la IP: 189.181.50.99
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 467
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 09 de Febrero de 2009
Antes que nada gracias por su tiempo.
Tengo una duda sobre si me debo o no de casar.
Yo no me he casado por el civil, sin embargo tengo un hijo de un año y vivo con mi esposo, solo nos casamos por la iglesia, pero ahora voy a comprar un departamento, yo, sola, sin apoyo del papa, ya desde que eramos novios habiamos dicho que nos casariamos por bienes separados, pero por una cosa u otra lo hemos postergado, pero ahora que voy a comprar el departamento, la verdad no quisiera que el se lo tomara que la mitad es de el, ya que para mi lo mas importante es proteger a mi hijo, entonces me pregunto que debo hacer, si me tengo que casar antes de escriturar o si puedo poner que soy soltera a la hora de escriturar?
Por favor ayudenme.
Gracias por su tiempo y agradecere su pronta respuesta.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 11841
-
Fecha de respuesta: Lunes 09 de Febrero de 2009 12:14 2009-02-09 12:14 desde IP: 192.193.204.151
Los abogados han comentado en otros casos similares que los bienes que tu tengas antes del matrimonio son exclsivamente del la persona que los tenga, si te casaras por manvcomunación de bienes los bienes que se genern en ese lapso son d elos dos, pero al parecer tampoco va a ser tu caso
M
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 11843
-
Fecha de respuesta: Lunes 09 de Febrero de 2009 12:21 2009-02-09 12:21 desde IP: 189.181.50.99
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 11844
-
Fecha de respuesta: Lunes 09 de Febrero de 2009 12:22 2009-02-09 12:22 desde IP: 189.156.209.252
Si lo que te interesa es que el departamento sea solo tuyo, primero compralo y despues siquieres te casas
De esta forma aunque te cases por bienes mancomunados, la casa continua siendo solo tuya.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 11846
-
Fecha de respuesta: Lunes 09 de Febrero de 2009 12:26 2009-02-09 12:26 desde IP: 192.193.204.151
Pues el haberte casado por la iglesia no es oficial para el estado , por lo que para las escrituras realmente eres soltera , la verdad nunca he visto unas escrituras que mencionen unión libre, ojala que para no desorientarte algun abogado te responda tu duda a la brevedad
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 11913
-
Fecha de respuesta: Lunes 09 de Febrero de 2009 17:20 2009-02-09 17:20 desde IP: 189.143.254.19
EFECTIVAMENTE SI VAS A COMPRAR UN BIEN EL CUAL NO QUIERES QUE SEA PARTE TAMBIEN DE TU CONCUBINO, SIMPLEMENTE MENCIONA QUE ERES SOLTERA, NO EXISTE MAYOR COMLEJIDAD EN ESTE ASUNTO, AL IGUAL SI QUIERES CASARTE POR SEPARACION DE BIENES NO EXISTE NINGUN PROBLEMA, LA CUESTGION ES CUANDO QUIERAS CASARTE POR BIENES MANCOMUNADOS.
SUERTE
LIC. FAUSTO LUNA
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 12036
-
Fecha de respuesta: Martes 10 de Febrero de 2009 01:53 2009-02-10 01:53 desde IP: 189.141.70.99
coradi22_NR :
1. Si quieres proteger tu bien inmueble te recomiendo primero comprarlo y escriturarlo a tu nombre y después casarte como lo habian planeado por separación de bienes.
2. Que debes decir cuando lo compres, pues el verdadero estado civil que tengas cuando lo hagas. Hay ocasiones que mentir en este tipo de cosas puede traer consecuencia legales en tu contra sobre todo cuando interviene financiamiento de bancos o infonavit.
3. Ahora bien te anexo aqui lo que dispone el código civil para el D.F. por si es de tu utilidad
Art. 267
VI.- En el caso de que los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen de
separación de bienes deberá señalarse la compensación, que no podrá ser superior al 50% del
valor de los bienes que hubieren adquirido, a que tendrá derecho el cónyuge que, durante el
matrimonio, se haya dedicado al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los
hijos o que no haya adquirido bienes propios o habiéndolos adquirido, sean notoriamente menores
a los de la contraparte. El Juez de lo Familiar resolverá atendiendo las circunstancias especiales de
cada caso.Espero sea de utlidad la respuesta
Lic. Francisco Cadena
-
Autor







