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JUICIO CIVIL
- Consulta : 4465
- Autor : Lic. Rafael
- Publicado : Jueves 05 de Febrero de 2009 16:33 desde la IP: 189.163.101.251
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 469
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Febrero de 2009
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 11371
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Febrero de 2009 12:36 2009-02-06 12:36 desde IP: 189.156.212.41
buenas tardes, la verdad no es por decepcionarte la verdad pero en este caso como puedes tu comprobar que entregaste esa cantidad de dinero, ahora bien lo unico que se pudiera hacer que en el juicio exista algun vicio en el documento que firmaste.
saludos
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AutorRespuesta No: 11576
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Febrero de 2009 18:25 2009-02-07 18:25 desde IP: 189.165.29.109
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Autor
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AutorRespuesta No: 11640
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Febrero de 2009 01:58 2009-02-08 01:58 desde IP: 201.144.87.40
En esencia, te digo que en nuestro sistema judicial, la única forma de acreditar un "pago", es con la prueba documental, así, hago alución a un principio general del derecho que reza: "quien paga mal, paga dos veces", así, si usted no tiene documento idóneo que acredite el pago, jurídicamente, resultara deudor de las presaciones que le reclamen, en este sentido, estoy de acuerdo con la opinión del colega que antecede respecto a que existan vicios formales en el documento que generó la obligación, sin embargo, en estos casos, también se recomienda buscar la negociación del pago e incluso, el reconocimiento de pago. Saludos. gRaL.gO
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