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CEDULA PROFECIONAL
- Consulta : 4458
- Autor : juan_21_NR
- Publicado : Jueves 05 de Febrero de 2009 15:05 desde la IP: 189.188.61.250
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 468
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Febrero de 2009
hola a todo el foro en gral
mi pregunta es cuando ustedes los abogados terminana la carrera
tiene su cedula profecional con esa es su acceso a litigar
pero cuando uno no tiene dentro de un juicio q valides tiene eso
por otra llebo un juicio civil por la custodia de mi hijo ya hice el desahogo de
pruebas y todo pero hay una parte de sobre serrado y en esa audiencia no
asistio la mama de mi hijo q validez tiene eso dentro del juicio
y otra q valides tiene un documento firmado por ella donde me sede los derecho
de mi bebe por q no lo puede cuiadar firmado ante una autoridad municipal
contestar
grax por su respuesta
se los agradesco
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 11163
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Febrero de 2009 15:12 2009-02-05 15:12 desde IP: 201.143.176.37
Buen dia...........
Primero que nada no entendi bien el planteamiento de problema con la cedula pero te explico, para que una abogado pueda manejar su asunto necesita tener cedula profesional.
En su caso no entiendo bien por quien esta siendo representado usted.....
Hablando ya de el juicio............ respecto del desahogo de la prueba que menciona.... ofrecio en sobre cerrado el pliego de posiciones correcto.......... en este caso debio solicitar en el escrito donde o frece la prueba, que de no asistir la persona que ofrecera la CONFESIONAL las preguuntas seran contestadas a favor de usted.
Me imagino el juicio que lleva a cabo es de perdida de patria potestad???, ,en el escito que menciona le podra ser de gran utilidad como prueba que ya debio haber ofrecido y debio haber sido desahogada ya........
espero haber entendido bien el planteamiento
alguna duda aqui estoy saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 11164
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Febrero de 2009 15:19 2009-02-05 15:19 desde IP: 187.133.18.152
saludos Lic. en efecto si no se presento nadie a junta Usted Gana el pliego de posiciones y puede ventilarse este asunto en rebeldia que quiere decir que no se presenta al juicio por que no hay interés jurídico de la contra parte.
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Autor
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AutorRespuesta No: 11166
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Febrero de 2009 15:26 2009-02-05 15:26 desde IP: 187.133.18.152
a y la cédula es simplemente la profesion de quien patrocina y es necesaria para algunas juntas o desahogo de pruebas, ya que sin ellas se pueden desahogar. pero sin abogado esto hace ver a la persona muy mal ante el juzgado, ya que lo ven como un pirata como si hubiera un windows 95 pirata,contra un windows vista que se actualiza solo o sea original y con cedula. si tiene un abogado y se presenta a una audiencia si su cedula,Usted tendra que desahogar la prueba solo y su seudo abogado se quera afuera de la junta, sin poder hacer nada ni decir nada esas son las consecuencias de suplantacion de Profesiones.
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Autor
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AutorRespuesta No: 11175
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Febrero de 2009 15:51 2009-02-05 15:51 desde IP: 201.143.176.37
Asi es Jose Alberto, aparte de haber solicitado en el escrito de ofrecimiento de pruebas (en especifico en la de la confesional) que de no presentarse la persona la cual debera absolver las posiciones seran respondidas a favor del Sr. , tambien se puede solicitar se siga el juicio en rebeldia auqnque esto no es garantia ya que el demandado en este caso demandada podra presentarse mas adelante,y de no ser asi el juicio se ira a favor de la parte que demanda.
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Autor
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AutorRespuesta No: 11178
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Febrero de 2009 15:59 2009-02-05 15:59 desde IP: 187.133.18.152
Asi es lic. aunque he visto numerosos arreglos fuera de el juicio sin presentarse y concluir en un buen termino. la rebeldía es el miedo o incertidumbre de que pasa si me presento y optan por negociar o como usted bien lo dice, en un tiempo prudente se presentan contestando la sentencia o el auto. todo quedaria a su favor ya lo dicho dicho esta y se puede manipunar, a groso modo. y si es cierto pero de que termine a favor de un rebelde por que se presento mas entrado el juicio habria que probar su dicho. saludos lic diaz y coincido en parte con su postura.
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