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PROBLEMAS CON TIEMPO DE ENTREGA Y ACABADOS DE UN DEPARTAMENTO

  • Consulta : 4384
  • Autor : ajpalomo_NR
  • Publicado : Miércoles 04 de Febrero de 2009 18:47 desde la IP: 200.56.72.13
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 467
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  • Autor
    Consulta

  • ajpalomo_NR
    NO REGISTRADO

    Hola, compre un departamento en Junio de 2007 (Preventa). Hasta la fecha no me lo han entregado y el contrato no especifica la fecha de entrega. Periodicamente visito la obra y aún faltan dos departamentos por vender así como el aplanado en yeso de cuatro de ellos mas toda la herreria, el resto de los acabados y cajones de estacionamiento. Por otro lado cuando yo lo adquirí ofrecian las recamaras alfombradas, cancel en el baño, barra de servicio y manteleta (es una especie de closet pequeño para guardar blancos como manteles y servilletas) además de jacuzzi, sauna y gimasio. Pregunte por estos acabados con la inmobiliria pues al visitar el departamento muestra que es el que yo adquirí no estan y la inmobiliria me respondio que NO, que ninguno de estos se incluiran cuando me realicen la entrega. Desafortunadamente en el contrato no hace mención de ninguno de estos PERO tengo el folleto en el que se mencionan y una foto de la maqueta que me mostraron cuando yo compre. Mis preguntas son:

    1.- Si yo le solicito a la inmobiliaria tiempo de entrega de que manera debe estar formulado el documento para que este en su momento tenga validez legal? y bajo que articulo me puedo apoyar para exigir este documento?

    2.- Respecto a lo que falta de los acabados el folleto y la foto de la maqueta me pueden servir para exigirlos aunque no este escrito en el contrato? bajo que articulo o ley me puedo apoyar para reclamarlo?

    3.- Si tuviera que ir a PROFECO para solucionarlo en su experiencia cuanto tiempo transcurre para solucionarlo y si no se resuelve ante profeco cual seria el paso a seguir y en este último cunato tiempo tardaría en resolverlo?

    De antemano agradezco al asesoria que puedan proporcionarme. Aide Palomo

     

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  • Autor
    Respuesta No: 11053

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ajpalomo:

    1.- Si yo le solicito a la inmobiliaria tiempo de entrega de que manera debe estar formulado el documento para que este en su momento tenga validez legal? y bajo que articulo me puedo apoyar para exigir este documento?

    Respuesta.- Es necesario analizar el contenido del contrato, sobre todo para ver si en el mismo existe algún plazo de esa denominada "preventa", misma que es inexistente en el Código Civil, aunque en este Código sí hay un "contrato de promesa de compraventa", pero como usted lo narra, su contratto debe ser simplemente de compraventa y, en tal caso, la fecha de entrega es inmediata.

    2.- Respecto a lo que falta de los acabados el folleto y la foto de la maqueta me pueden servir para exigirlos aunque no este escrito en el contrato? bajo que articulo o ley me puedo apoyar para reclamarlo?

    Respuesta.-La Ley de Protección a Consumidor establece reglas acerca de la publicidad y sanciones para el caso de incumplimiento, así como sanciones para la denominada "publicidad engañosa", siendo el caso de que las multas que se imponen son tan elevadas, que los "proveedores" prefieren cumplir con lo que prometieron a cambio de que el "consumidor-quejoso" les otorgue una carta en la que especifique su conformidad para que la PROFECO anule las multas.

    3.- Si tuviera que ir a PROFECO para solucionarlo en su experiencia cuanto tiempo transcurre para solucionarlo y si no se resuelve ante profeco cual seria el paso a seguir y en este último cunato tiempo tardaría en resolverlo?

    Respuesta.- El plazo puede variar, puede ser de dos meses a muchos más, pero si el contrato fuera de compraventa, no de preventa, aconsejo demanda mercantil por incumplimiento de contrato, reclamando

    a) la entrega del inmueble,

    b) el pago de los perjuicios consistentes en las rentas que debe generar el departamento, desde la fecha del contrato hasta que sea entregado,

    c) el pago de una indemnización por el daño moral ocasionado al comprador, que se sugiere sea de dos millones de pesos, en atención a la capacidad económica del vendedor.



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