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NUEVAMENTE SOLICITO AYUDA SOBRE PENSIóN IMSS

  • Consulta : 4360
  • Autor : avalenciatorres_NR
  • Publicado : Miércoles 04 de Febrero de 2009 15:45 desde la IP: 189.140.123.234
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 467
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  • Autor
    Consulta

  • avalenciatorres_NR
    NO REGISTRADO

    Ampliando mi consulta, les decia que tengo 57 años y he cotizado desde 1966 hasta el 30 de junio de 2000. Según el reporte del IMSS  de 1994 a 1998 cotizé 52 semanas cada año, más 21 semanas en 1999 y 11 semanas en 2000. (por mencionar sólo los últimos años). Despues de esto ya no he cotizado para el IMSS.

    Tengo entendido que por los años que he dejado de cotizar en el IMSS serìa necesario hacrelo de nuevo por lo menos un año y creo que con un patrón, no mediante alta voluntaria en el régimen obligatorio. ¿es correcto?

    Mi salario base de cotización es:

    Del 16 de agosto de 1989 al 25 de mayo de 1999 fué de 718.52 y del 17 de abril de 2000 al 30 de junio de 2000 fué de 246.05, despues ya no he cotizado para el IMSS.

    Con estos datos, supongo que primero debo empezar a cotizar otra vez durante un año. Suponiendo que mi sueldo en este último año fuera el mas bajo ¿ee cuanto podría ser mi pensión mensual?

    Como actualmente no estoy cotizando, si muero ¿mi esposa tiene derecho a alguna pensión y dfe cuanto sería?, y ¿que pasa con los recursos que tengo en mi Afore HSBC que son: Retiro 97  23,615.26, Cesantia, vejez y Cuota Social 41,549.06, SAR IMSS 92 128,364.49, Infonavit 97 39,479.62 y SAR Infonavit 92 70,386.59. Total 303,395.02. También si no fallezco que pasa con estos recursos?

    Muchas Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 10911

  • gerel
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    avalenciatorres: salu2

    Para los datos que proporcionas lo mas seguro es que ya perdio los derechos en el IMSS por tanto tiempo sin cotizar, para poder recuperarlos seria necesario volver a cotizar en el regimen obligatorio (trabajar para un patron) cuando menos 52 semanas. La conservacion de derechos es por una cuarta parte del tiempo laborado a partir de la baja.

    Para poderse darse de alta en la continuacion voluntaria del regimen obligatorio se rquiere tener cuando menos 52 semanas cotizadas en los ultimos 5 años, requisito que no se cumple.

    Si ud. llegara a fallecer sin haber recuperado sus derechos el IMSS le negaria la pension de viudez a sus esposa o aun estando vivo a partir de los 60 años el IMSS tambien le negaria a ud su pension y con esta negativa podran recuperar los fondos que se encuentran en la AFORE.

    Gerardo

     

     



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