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AMENAZAS
- Consulta : 4197
- Autor : jesro67_NR
- Publicado : Lunes 02 de Febrero de 2009 23:31 desde la IP: 201.173.86.60
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 467
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 02 de Febrero de 2009
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 10519
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Febrero de 2009 23:37 2009-02-02 23:37 desde IP: 201.143.69.207
¿ Tuvo la previsión de que su deudor firmará algún pagaré, en el que se pactara intereses moratorios?
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Autor
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AutorRespuesta No: 10520
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Febrero de 2009 23:43 2009-02-02 23:43 desde IP: 201.173.86.60
si me firmo un pagare pero dejo de pagarme intereses mensualmente al 7 % por un año al cobrale este dinero me dice que solo me dara el cpaital que me debe y si queiero lo demas ( Intereses ) conoce gente en la pgr y ministeriales y que me puede ir mal esto fue por telefono pero no grabe la llamada
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Autor
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AutorRespuesta No: 10550
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Febrero de 2009 10:46 2009-02-03 10:46 desde IP: 189.181.67.103
HOLA: Usted ejercite lo derecho que trae aparejado ese pagare, el cual esta dentro del limite de interes legal, solicite el capital asi como los intereses legales,para tal efecto busque un abogado que maneje a la perfeccion titulos de credito,asi como cobranza de los mismos, ahh y de las amenzas no se preocupe de mas, recuerde ese perro se esta muriendo,por eso debe ladrar para que lo le hagan mas daño del que ya tiene.. y eso cuento es ls PGR y Ministeriales, es muy viejo, no tenga miedo y defienda sus derechos legales, tan solo lo que le corresponde.
LIC. ESTRADA
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AutorRespuesta No: 11486
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Febrero de 2009 00:31 2009-02-07 00:31 desde IP: 201.173.86.60
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Autor
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AutorRespuesta No: 11509
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Febrero de 2009 11:41 2009-02-07 11:41 desde IP: 200.66.62.220
lo interesante hubiera sido saber de que cantidad se esta hablando como para que un abogado busque recuperar la misma por la via legal, recuerda que a veces sale mas caro el caldo que las albondigas, por otra parte y considerando los problemas que te esta ocasionando la cobranza de tu dinero, deberias aprovechar que tu deudor esta dispuesto a pagarte "nada mas el capital", los pleitos ni ganados ni perdidos son buenos, ahora que si tu actividad es de prestamista, seguramente muchos lectores de este foro estaran apoyando a tu deudor.
mencional el lic. estrada que el interes pactado "esta dentro de los limites de interes legal", ¿sera acaso legal cobrar el 84% anual de interes? mientras que cuando una persona deposita en el banco le pagan en promedio un 4.5% de interes ANUAL ¿eso no será ilegal?, pero eso es harina de otro costal, al consultante le recomiendo muy personalmente que en este caso trate de recuperar el capital al menos aprovechando que el deudor muestra disposicion a hacerlo siempre y cuando sea ya el pago, si no tiene el dinero ahorita pues procede a demandar en forma inmediata y a aceptar vivir en la incertidumbre de si dicha persona cumplira sus amenazas y suerte.
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AutorRespuesta No: 11516
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Febrero de 2009 12:15 2009-02-07 12:15 desde IP: 201.173.86.60
Arturo:
Gracias por tu comentario pero el monto es de $20,000.00 pesos y creo que sin amenazas cualquier pesrona pide una negociacion se peude llegar a un acuerdo yo no soy prestamista el pagare lo compre suelto en una papeleria, y conosco la persona que me le pidio me consta que si lo necesitaba y por cierto el mismo fijo los intereses y el mismo pagare me lo sugirio el mismo. Mi duadas de las amenazas era tambien si puedo proceder legalemente encontra de esta persona por chamtage telefonico ( Por que me habalaron para decirme eso nunca fue en persona). Agradesco tu cementario.
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AutorRespuesta No: 11522
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Febrero de 2009 13:14 2009-02-07 13:14 desde IP: 189.137.98.223
jesro67:
Usted debe contratar un abogado que le asesore debidamente en un juicio ejecutivo mercantil ante juez de paz (en el D.F.) o ante juez de cuantía menor en los estados de la República Mexicana.
Pero hágalo ya, porque la acción ejecutiva mercantil prescribe (se pierde el derecho) en tres años.
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AutorRespuesta No: 11531
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Febrero de 2009 14:10 2009-02-07 14:10 desde IP: 189.145.255.180
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