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DIFAMACION POR INTERNET

  • Consulta : 4158
  • Autor : expert_llc_NR
  • Publicado : Lunes 02 de Febrero de 2009 17:18 desde la IP: 69.10.33.222
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 470
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  • Autor
    Consulta

  • expert_llc_NR
    NO REGISTRADO

    SOBRE TEMA DE DIFAMACION VIA INTERNET TENGO DOS PREGUNTAS:

     

    1.-)LA PERSONA QUE COMETE EL DELITO ES DECIR QUIEN DECIR SUBE LA PAGINA WEB O MANDA EL CORREO ELECTRONICO DEBE PODER SER UBICADA EN LA DIRECCION IP Y DESDE LA COMADORA DENTRO DE ESA MISMA IP....DESDE DONDE SE ENVIO EL MENSAJE QUE SE CONSIDERA DIFAMATORIO?

     

    2.-)COMO SE CALCULA EL MONTO DE LOS DANOS Y PERJUICIOS EN CASO DE QUE SE LE DECLARE CULPABLE POR LA VIA CIVIL CUANDO EL SUPUESTO PERJUDICADO ES UNA EMPRESA Y NO UNA FISCAL?

     

     

     

     

    Estimado egonzalezh_NR:

     

    1.     Los peritos en informática si tienen un alto índice de probabilidades de rastrear y encontrar la comadora que creó un documento existente en la web, pero ojo aún y cuando encuentren que tu comadora personal fue la que la creo, falta que el fiscal o m.p. acredite que tú la creaste, esos son 2 supuesto muy distintos.


    2. Ahora bien también por pericial en sistemas comacionales pueden determinar la hora, fecha y en algunos casos el lugar en donde estaba conectada la comadora que creo o que subió el documento a la web,


    3. En base a lo anterior la fiscalía debe de acreditar: que la comadora en que se creó o se subió el documento a la web estaba en un domicilio en el que tu tenias acceso, que en la fecha y la hora en que se subió dicho documento tú estabas en dicho domicilio y que tu lo hiciste. Realmente eso está en verdad difícil, aunque existen otro medios más sencillos como son los testigos, la fiscalía puede tener declaraciones de testigos que diga que estaban cuando tú hiciste y subiste a la web dichos documento y eso solo tú sabes si existen.


    4. Por otro lado no en toda la República Mexicana existe el delito de difamación, se necesita conocer en qué estado se te pretende acusar.


    5. Por el lado civil en caso de acreditar el perjudicado acredite que tu hiciste todo lo anterior te puede demandar el pago del daño civil y el moral y una compensación económica.


    6. Toma en cuenta que cuando un ministerio público ya sea local o federal tiene actos delictuosos (mordidas y similares) la Procuraduría ya sea la de la República o la Estatal debe de tomar cartas en el asunto de forma oficiosa.


    7. Te aconsejo que no te espantes pero cada acto que tengas en estas amenazas de la fiscal y en consecuencia de tu defensa, debes de hacerlo con respaldo de un abogado que te asesore y prevenga actos en tu contra.

     

    Espero la respuesta sea de utilidad y te dejo el link web de nuestros servicios para cualquier consulta en los mismos. Buen día

    Sinceramente

    Un marco legal para las relaciones entre personas

    Cadena-Abogados

    //cadenaabogados.mex.tl/

     

     

     



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    Primus Tribunus        "//mexicolegal/oficina/index.php?id=6"> (Visita mi oficina)

    Fecha de Respuesta: 2009-01-30 13:55

     

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    egonzalezh:

     

    ¡¡¡Cuidado con las respuestas ERRÓNEAS del forista ¡¡¡cadenaabogados"!!!

     

    Por un lado, este o estos abogados tienen razón en que es posible "rastrear" y ubicar cuál es la PC (úsese esta abreviatura porque el sistema tiene un bug que hace mucho reporté, por el que suprime la combinación de letras -p- u- t- a- y hace  inentendibles muchas palabras), repito, es posible "rastrear" y ubicar cuál es la PC desde la cual se realizó un determinado posteo en Internet, así como otras muchas características del mensaje o inserción de Internet.

     

    Sin embargo está totalmente equivocado al decir que usted se despreocupe porque no en toda la República Mexicana existe el delito de difamación, pues es evidente que este forista desconoce que en muchas legislaciones penales se encuentra previsto el delito de "ultrajes a la autoridad".

     

    Sin embargo, es de tomarse en cuenta que, si la fiscal lo llamó a usted para informarle que ya lo rastrearon y ubicaron su "dirección I.P." (IP = International protocol que es la identificación en Internet de una PC), tal información es toda una mentira y la fiscal está "bluffeando", con la intención de que usted se espante y confiese, porque lo cierto es que, si la fiscal ya tuviera toda esa información técnica pericial, entonces en vez de llamarlo a usted para decírselo, esa información se la hubiera dado un juez penal después de que unos agentes judiciales o ministeriales le hubieran aprehendido y presentado ante el juez.

     

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