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AYUDA
- Consulta : 4051
- Autor : nellyramibu_NR
- Publicado : Sábado 31 de Enero de 2009 12:56 desde la IP: 189.177.103.117
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 468
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 31 de Enero de 2009
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 9986
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Fecha de respuesta: Sábado 31 de Enero de 2009 12:59 2009-01-31 12:59 desde IP: 189.136.102.189
nellyramibu:
Dígales que la investigación que le anunciaron es una atribución del Ministeriio Público, y que si ellos acuden a su trabajo entonces usted los hará detener por la policía para presentarlos ante el Representante Social por el delito de ejercicio ilegal del propio derecho y los que resulten.
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Autor
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AutorRespuesta No: 9987
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Fecha de respuesta: Sábado 31 de Enero de 2009 13:02 2009-01-31 13:02 desde IP: 189.136.102.189
Addendum:
Inclusive, desde este mismo momento usted puede iniciar una averiguación previa por el delito antes mencionado, pero dígales que mejor esperará a que lleguen a su trabajo para que queden detenidos, aunque sea sus 48 horas hasta que el Ministerio Público determine la averiguación previa.
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