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¿PROCEDE DENUNCIA ANTE EL M.P. POR ACTOS SIMULADOS?

  • Consulta : 3841
  • Autor : rosalbalvarado_NR
  • Publicado : Jueves 29 de Enero de 2009 01:38 desde la IP: 189.242.40.44
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 468
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  • Autor
    Consulta

  • rosalbalvarado_NR
    NO REGISTRADO

    Buenas noches, el motivo de mi pregunta es el siguiente: (de antemano aclaro que no soy ni estudiante de derecho ni mucho menos abogada) pero  llevé un asunto de nulidad de escritura en contra de una persona, ya  he ganado el juicio hasta la tercera instancía pero ahora el individuo no quiere salirse de mi propiedad, a pesar de ya tener la orden de desalojo, ha interpuesto varios amparos en conuvernio con otras personas, y ahora apareció un supuesto inquilino, le fijaron una fianza y ya la depositó, ppr lo que le dieron suspención definitiva entanto no se resuelvan los amparos; el caso es que el supuesto inquilino quien ahora presenta contrato de arrendamiento ( sin sellos de la tesorería) y supuestos recibos de renta dice que se entera de este asunto con fecha 1o de enero del presente, sin embargo tengo una copia certificada de una razon actuarial de fecha 9 de diciembre de 2008 en la que se ostenta ante el C. Actuario como encargado del inmueble y ademas le dice al Actuario que tiene órdenes del demandado para que no desocupe el inmueble todo esto queda asentado en la razón actuarial, y ahora pretende hacerse pasar como supesto inquilino del demandado (además de que el supuesto contrato se lleva a cabo cuando ya exixte sentencia ejecutoria), mi pregunta es ¿esto constituye un delito que deba saber el MP? porque es ovbio que esta en abierto contubernio con el demandado para no entregarme el inmueble de mi propiedad del cual obtiene muy buenas ganancias.

    Agradezco sus opiniones

     

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  • Autor
    Respuesta No: 9374

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    , es decir, rosalbalvarado:

    En el asunto que comenta en su consulta, se puede apreciar la existencia de varios delitos, pues la simulación de un contrato es un delito autónomo que en el Distrito Federal se denomina "fraude procesal", mientras que en la legislación penal federal y la de diversos estados es un delito complementado que se denomina "fraude específico".

    Además de lo anterior, cabe informarle a usted que los arrendatarios son causahabientes de sus arrendador, es decir, son personas cuyo derecho de poeer el bien depende del derecho del arrendador, y que en casos similares al que usted presenta, eta circunstancia legal la he hecho valer en los juicios de amparo como causales de improcedencia del juicio de amparo, por lo que le sugiero hacer lo propio invocando los artículos 73 y 74 (éste mejor), de la Ley de Amparo.

    Otro delito es uno especial por estar previsto en una ley especial como lo es el Código Fiscal, me refiero al delito de evasión de impuestos, pues el supuesto subarrendador debió de darse de alta con esta calidad ante el Servicio de Administración Tributaria, así como pagar los respectivos impuestos derivados de los ingresos del arrendamiento, mismos que será notorio que ha omitido pagar.

    Pero para redondear la escena, y toda vez que el condenado a entregar el inmueble está rentando el mismo, otro delito configuable es el de fraude, éste cometido ocasionándole a usted los perjuicios valuados por el pago de las rentas, de tal manera que le aconsejo que acuda usted ante el agente del Ministerio Público para iniciar averiguación previa por los delitos antes mencionados y ppor los que el Representante Social considere que se integran.



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