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ACTA ADMINISTRATIVA

  • Consulta : 3739
  • Autor : sofilla54_NR
  • Publicado : Miércoles 28 de Enero de 2009 12:16 desde la IP: 201.116.218.41
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 469
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  • Autor
    Consulta

  • sofilla54_NR
    NO REGISTRADO

    Buen día!

    Actualmente tengo un empleado que a falta de asignación en la cuidad donde labora actualmente, fui instruida (soy de RH) a informarle que deberá ser reubicado a otra cuidad y se le manejaron dos opciones o bien me solicitaron terminar la relacion laboral.

    Hable con el empleado y me comento que decidía finalizar la relación, pero con su respectiva indemnización por liquidación.

    Mis directivos no estuvieron de acuerdo con terminar la relación laboral bajo estos medio y me pidieron que consiguiera la firma de aceptación a su nueva asignación, sin embargo, el empleado se niega a lo mismo, a pesar de que en el contrato individual, nos comprometemos a laborar en donde el patron asi nos requiera.

    Estamos buscando rescindir el contrato de esta persona por desobediencia, ya que la fuente de trabajo existe, pero no en esta localidad y me estan solicitando consiga la firma arriba mencionada pero pese haber tratado el tema con el empleado sigue negandose a firmar y exige su liquidación.

    Como prueba para lo anterior, puede ser presentada un Acta Administrativa o solamente se procede al anuncio de rescisión de contrato?

     

    Gracias por su apoyo

     

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  • Autor
    Respuesta No: 9048

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    HOLA BUENAS TARDES LO QUE PUEDE HACER ES  UN ACTA ADMINISTRATIVA EN EL CUAL MANIFIESTES EL INCUMPLIMIENTO DEL TRABAJADOR PARA CUANDO ESTE QUIERA DEMANDAR YA HAYA UNA CONSTANCIA DE TODOS MODOS ME PONGO A SUS ORDENES EN EL NEX 36198406 ABOGADA BLANCA NUÑEZ DELGADO. 





  • Autor
    Respuesta No: 9078

  • enajera
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El artículo 47 de la LFT Fracc 11 señala que "el desobecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, sempre que se trate del trabajo contratado" considero que para que se configure esta causal a que se refiera la "desobedicencia" justificada de ordenes que reciba el trabajador de sus superiores, deben girarse dichas ordenes por el jefe de departamento o superior jerarquico del area de adscripción del trabajador infractor, por escrito cuando menos dos veces y que se relacionen para el trabajo para el cual fue contratado ya que de no hacerse así no tendra los suficientes elementos para proceder conforme a derecho por ello es prudente considere en su acta todas las circunstancias de modo, tiempo y lugar describiendo lo mas exactamente posible los hechos.

    Considero debe considerar que la rescisión es un arma de doble filo más si no considera circusntacias como la que ya le hizo saber el anterior forista, y otras muchas más que podria omitir sea prudente en su actuar y busque una correcta asesoria de un abogado laboralista y en su caso cosnidere la opinion de los foristas que pueden ayudarle.



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