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QUE DELITO COMETE EL POZOLERO?, INTERESANTE...
- Consulta : 3564
- Autor : mdlcz_NR
- Publicado : Lunes 26 de Enero de 2009 21:21 desde la IP: 148.243.167.27
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 497
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 26 de Enero de 2009
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 8616
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 22:06 2009-01-26 22:06 desde IP: 189.175.80.174
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Autor
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AutorRespuesta No: 8618
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 22:16 2009-01-26 22:16 desde IP: 148.243.167.27
Ok, y la conducta de cocinar los cuerpos?
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Autor
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AutorRespuesta No: 8625
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 22:28 2009-01-26 22:28 desde IP: 189.175.80.174
Creo que no se da el encubrimiento, sino la coparticipación, en términos del artículo 13 fracción VII, ya que lla primera figura supone que el encubridor se entera DESPUES del ilícito y auxilia a "encubre" al activo conforme al artículo 400 del CPF, En el caso concreto, el hecho (supongo acreditado) de tener un "sueldo" de $600.00 USD semandles por su "trabajo" excluye el encubrimiento y da lugar a la coparticipación en todos y cada uno de los homicidios.
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Autor
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AutorRespuesta No: 8634
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 22:52 2009-01-26 22:52 desde IP: 148.243.167.27
Para efectos de cuadrar el tipo penal es valido tu respuesta y logica, pero para efectos de sancionar la conducta antijuridica de la licuacion de los cuerpos, no hay tipo penal que establezca esta conducta, no hay que olvidar que el tipo penal es un instrumento para describir una conducta e individualizarla, por lo que la conducta desplegada totalmente por el pozol es reelvante y penalmente especial que debe de ser adecuada en un nuevo tipo penal en el orden normativo penal.
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Autor
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AutorRespuesta No: 8700
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Enero de 2009 01:35 2009-01-27 01:35 desde IP: 189.160.214.55
Respetando la opinión de los anteriores foristas, en mi concepto comete también el delito de Asociación Delictuosa que prevé el artículo 164 del Código Penal Federal y Violación a las leyes sobre inhumaciones y exhumaciones, aunque este último delito puede ser del orden común.
Su amigo el Licenciado JUAN CAMANEY
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Autor
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AutorRespuesta No: 8716
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Enero de 2009 09:29 2009-01-27 09:29 desde IP: 189.181.207.188
Hola: Lamentablemente tenemos que apegarnos a la legalidad somos Abogados y aunque tengamos una persona aborrecible, un hijo de madre y mas connotaciones gramaticales que usted conocen, en efecto no existe un tipo penal que describa una penalidad como delito Grave porque hasta este momento no es un delito Grave, claro..si le queremos acomodar, o queremos interpretar inadecuadamente el espiritu de la Ley le meteran la DELINCUENCIA ORGANIZADA, y al cabo de 3 años de juicio el señor sera absuelto, esto debido a que la razon le asistira, pero desde un punto de vista legal y, por si sola esta persona solo ha cometido delito de VIOLACION DE LAS LEYES SOBRE INHUMACIONES Y EXHUMACIONES que se contempla en el articulo 280,281 del CODIGO PENAL FEDERAL, aplicable para dicha entidad, el cual no es delito grave en ninguno de sus numerales, aqui a su favor es valido mencionar DONDE LA LEY NO DISTINGUE NO DEBEMOS DISTINGUIR NOSOTROS, y en efecto queremos aplicar una norma secundaria,como resulta ser la LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, cuando no tenemos bien estructurado el delito Primario, como resulta, ser que el de homicidio, ya que el afirma a mi me los traian muertos, es decir despojos humanos, o bien cadaveres, ya que el al tener los cadaveres debio hacer del conocimiento a las autoridades o bien solicitar las autorizaciones que las Leyes especiales o bien el codigo sanitario estipula.
LIC. ESTRADA
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AutorRespuesta No: 9010
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Enero de 2009 09:38 2009-01-28 09:38 desde IP: 189.181.107.125
HOLA: Y conste que ayer siendo las 09.29 hrs dimos nuestros puntos de vista sobre el asunto del pozolero, y despues todos los medios de comunicacion TELEVISA, AZTECA, confirmaban los dicho por nosotros, parece ser que nuestros comentarios no eran tan errados, asi que una felicitacion a quienes participaron, y creo que la gente puede confiar en etratamos de asesorar o guiar a quienes lo necesitan ahhh y no se les olvide calificarnos...buen dia.
LIC. ESTRADA
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