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PRESCRIPCION DE UN PRESUNTO DELITO
- Consulta : 3519
- Autor : Martika32
- Publicado : Lunes 26 de Enero de 2009 14:33 desde la IP: 189.138.119.172
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 467
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 26 de Enero de 2009
Saludos:
Es la primera vez que entro al foro y por lo que he leido si contestan dudas de nosotras las mortales jejejejeje, Mi sobrino tuvo un problema de delito de metro "Abuso Sexual Agravado" lo llevaron a la delegacion y de ahi al reclusorio, pasadas las 72 horas le dictaron Auto de libertad por falta de elementos para procesar, sin embargo pese a que efectivamente, no habia ninguna prueba que pudiese implicarlo, el ministerio publico apelo y los juezes no se si se diga asi (de segundo recurso o instancia) le dictaron auto de formal prision o preventiva, mi sobrino no cuenta con muchos recursos pero entre todos pudimos pagarle a un abogado para que metiera un amparo indirecto sin embargo este se lo negaron a mi sobrino, incluso se fue a revision y queja y de la misma manera paso.
mi duda es la siguiente:
¿En que tiempo (promedio) pudiera prescribir el delito que cometio mi familiar?
El supuesto delito se cometio en la estacion Pino Suarez del transporte colectivo metro aqui en el distrito federal, mi sobrino queria someterse al juicio pero su abogado le dijo que no.
Gracias por sus respuestas.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 8534
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 15:27 2009-01-26 15:27 desde IP: 200.4.5.76
El delito que tu mensionas son de los considerados como delitos graves, cada uno de los Códigos del País establece la gravedad de ciertos delitos que considera atentan mayormente a la sociedad, en nuestra legislación los podemos encontrar en le artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, por lo tanto, es importante señalar que la comisión de dicha conducta es de tal gravedad que el legislador consideró darle la connotación más dura, la consecuencia jurídica de mensionado delito consiste en que quien los haya cometido, no podrá gozar del derecho de salir bajo fianza, y con ello de gozar de libertad provisional desde la averiguación previa hasta que concluya el proceso.
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Autor
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AutorRespuesta No: 8536
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 15:52 2009-01-26 15:52 desde IP: 189.138.119.172
Gracias Jazmin20505:
Aqui lo que me preguntaba era el tiempo en que por ley podria prescribir el delito... Si segun el articulo 176 del codigo de procedimientos penales para el Distrito federal habla de una pena de 1 a 6 años aunque contemplando el añadido 178 que habla de delito en transporte publico en el que aumentaria en dos terceras partes... Mi pregunta era el termino de prescripcion... En el DF segun lei los delitos graves son considerados asi cuando revasan en el termino aritmetico de 5 años dividiendo por la mitad (o algo asi)
Lo que pues a mi y a toda mi familia nos lleva a la duda de que en cuanto tiempo prescribiria el delito o sea si mi sobrino no se somete a juicio ya que de momento goza de su libertad por un auto de libertad que brindo el juez del reclusorio.
Gracias
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Autor
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AutorRespuesta No: 8546
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 17:06 2009-01-26 17:06 desde IP: 189.136.95.2
A VER MARTIKA CREO QUE NO TE EXPLICAS BIEN DENTRO DEL TERMINO PARA SABER SU SITUACION JURIDICA, LE DICTARON EL AUTO DE LIBERTAD POR FALTA DE ELEMENTOS A LO QUE EL MINISTERIO PUBLICO APELO Y SE FUE A UNA SALA, DENTRO DE LOS AGRAVIOS QUE HIZO VALER EL MINISTERIO PUBLICO CONSIGUIO QUE SE REVOCARA EL AUTO DE LIBERTAD, AHORA A ESO LE RECAE UNA ORDEN DE REAPREHENSION A TU FAMILIAR MI DUDA ES QUE COMO QUIERES PRESCRIBIR UN DELITO SI EL CUENTA CON UNA ORDEN DE REAPREHENSION, Y DICES QUE ESTA GOZANDO DE SU LIBERTAD. TE DEJO MIS DATOS Y TE PUEDO EXPLICAR MEJOR PORQUE CREO QUE NO ENTIENDO BIEN LA SITUACION, Y CREO QUE TU FAMILIAR ESTA EN RIESGO POR UNA POSIBLE ORDEN DE REAPREHENSION.
LIC. ALEJANDRO BARROSO
TEL DESPACHO 55-82-94-11
TEL NEXTEL 36-19-84-09
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Autor
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AutorRespuesta No: 9294
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Enero de 2009 21:44 2009-01-28 21:44 desde IP: 189.138.236.68
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