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DIVORCIO EN YUCATAN
- Consulta : 3482
- Autor : lopezmma_NR
- Publicado : Lunes 26 de Enero de 2009 10:20 desde la IP: 189.148.88.222
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 469
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 26 de Enero de 2009
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 8482
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 10:38 2009-01-26 10:38 desde IP: 189.148.139.33
Precisamente soy de Yucatán.
La legislación vigente rpeviene el divorcio antes de un año por lo que debes esperar ese término.
Tendrías dos opciones. Si con el paso del tiempo necesario para realizar los trámites ambos llegan a estar de acuerdo se podría realizar un divorcio voluntario en el que ambos firman lo que se llama las "bases del divorcio" y se presentan ante un juzgado, en dos meses sale la sentencia (no hay juntas de avenencia ni tienen que realizar nada durante este tiempo, en total son tres firmas y no es necesairo acudir a los Juzgados) y esta sentencia es presnetada por AMBOS en el Registro Civil al cabo de lo cual les entregan el acta de divorcio.Si uno de los dos no quiere entonces se tendrás que realizar el divorcio necesario basado en alguna causal de divorcio y la que es posible aprovechar en este caso es la que considera que es posible divorciarse gracias a la separación conyugal por más de seis meses sin causa justificada. Sin embargo, en el divorcio necesario estamos hablando de un juicio y lo que ello conlleva, más tiempo, presentación de pruebas, testigos... es mucho desgaste emocional y ella debe estar preparada.
No obstante lo anterior, en muchas ocasiones es posible negociar a fin de llevar a cabo un divorcio voluntario y no sea necesario realizar un juicio completo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 8623
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 22:22 2009-01-26 22:22 desde IP: 189.151.97.44
Saludos Sr, Lopez
En primer lugar si se trata de llevar a cabo un divorcio voluntario es necesario esperar el termino de un año, esto es de conformodad con el Codigo Civil del Estado que en su articulo 188 establece lo siguiente:
Artículo 188.-El divorcio por mutuo consentimiento sólo podrá pedirse cuando haya transcurrido un año, contado desde la celebración del matrimonio.
Por otro lado en Yucatán no existe el "divorcio express" pero existe el divorcio por simple comparecencia (el cual tambien debe ser despues de pasado un año) regulado por el articulo 189 del Codigo Civil del Estado que dice:
Artículo 189.-Cuando ambos consortes convengan en divorciarse, no tengan hijos menores de edad, y de común acuerdo hubiesen liquidado la sociedad conyugal, si bajo ese régimen se casaron, el divorcio se llevará a cabo por simple comparecencia ante el oficial del registro civil del lugar de su domicilio.
Por ultimo y en el caso de no haber un acuerdo entre las partes procederia un divorcio ordinario, que efectivamente estaria basado en una causal como lo es la separacion de la casa conyugal por mas de seis meses sin causa justificada, si fue tu cuñado el que abandono el hogar
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