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ASEGURADORA NO QUIERE PAGAR ROBO DE AUTO. QUE PUEDO HACER?

  • Consulta : 3328
  • Autor : superje_NR
  • Publicado : Viernes 23 de Enero de 2009 12:09 desde la IP: 200.79.1.202
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 470
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  • Autor
    Consulta

  • superje_NR
    NO REGISTRADO

    Me robaron mi camioneta y no que hacer! se agradecera cualquier tipo de ayuda. Les platico mi caso. sucede que dada la situacion economica, me vi forzado a vender mi camioneta (toyota rav4) la anuncie y el dia 14 de enero se presentaron unas personas verla. supuestamente les gusto y quedamos de vernos al dia siguiente en el Banco para hacer la transaccion. quedamo que pagarian con un cheque de caja pero se presentaron con un cheque certificado, les dije que les entregaba los papeles del vehiculo hasta que el cheque se cobrara y apareciera en mi cuenta a lo que dijeron que si pero que querian revisar bien los papeles. entonces nos trasladamos a mi domicilio, y fue cuando sacaron un arma, me amenzaron y se llevaron todoo.. papeles y camioneta. me despojaron de gran parte de mi patrimonio. reporte el incidiente a la aseguradora, en el 066, en el ministerio publico como robo de vehiculo con violencia y en la policia federal. mi unica esperanza es que apareciera el vehiculo o que me pague la aseguradora, pero los del seguro me dicen que no me van a pagar, hay una clausula de exclusion en la poliza que dice que el seguro no cubre si el robo se deriva de una compra venta. que puedo hacer?, puedo demandar? tengo posiblidades?, despues de esto mi unica esperanza es que el vehiculo apareciera pero me desalienta bastante ver hasta estos momentos que ni siquiera aparece el reporte como vehiculo robado en la pagina del repuve.gob las placas de la camioneta son 205RTD mi nombre es Jesus mi cel 722 2393066 cualquier ayuda se agradecera. :(

     

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  • Autor
    Respuesta No: 8033

  • Fernando1234
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si no desea contratar a un abogado acuda a la CONDUSEF ("//condusef.gob">condusef.gob ) ellos podran orientarlo y ayudarlo contra la aseguradora.







  • Autor
    Respuesta No: 8040

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    sin afan de ser pesimista le comento q la CONDUCEF es solo un organo conciliador pero puede ejercer presion para q la aseguradora pague y siga de cerca el procedimiento penal q ya inicio y consiga un abogado porq independientemente q exista dicha clausula de compravente hayq ver q dice dicha clausula, por otra parte como le comprueban a ud q fue por compraventa? si ud. obvio q no recibi $$$ por la camioneta y apuesto q el cheq no tenia fondos 



  • Autor
    Respuesta No: 8047

  • Andrey Irra
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ¿Podría reproducir el texto de la cláusula?
    Lo más seguro es que por compraventa y robo se refiera a que una vez intercambiado el dinero se produzca algún fraude. Seguramente no indica nada de robo con violencia y ahí es en donde se les puede exigir, si no por Condusef al menos sí por la vía civil por incumplimiento de contrato.





  • Autor
    Respuesta No: 8062

  • Jesus M
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    el texto de la clausula dice:

    exlusiones de la cobertura de robo total

    queda entendido y convenido que esta cobertura en ningun caso ampara, ni se refiere a:

    3. que el robo tenga su origen o sea consecuencia de los delitos de;

    a) abuso de confianza comentido por:

    a.4) personas cuayas acciones sean tendientes a la compra-venta arrendamiento o financiamiento del vehiculo asegurado y/o,

    a.5) persona cuyas acciones tengan su origen o sean consecuencia de cualquier tipo de contrato mercantil de compra-venta, financiamiento o renta diaria.

    b)fraude

    4)tengan su origen o sea consecuencia de cualquier tipo de contrato mercantil de compra-venta, financiamiento o renta diaria respecto del vehiculo asegurado.,



  • Autor
    Respuesta No: 8067

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no existe un contrato por escrito de la promesa de compraventa o compraventa, si no hay un comprobante q avale q te pagaron y q cobraste tu caso no entra dentro del supuesto de la clausula, supongo q ni tiempo de endosar la factura tuviste



  • Autor
    Respuesta No: 8068

  • Andrey Irra
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En ningún momento menciona robo con violencia así que si deben pagarte.
    No es fraude, no es abuso de confianza ni existió contrato mercantil. Además la cláusula presume que para que se excluyan el seguro proe stas causales el delito debe existir, es decir, estar plenamente probado por lo que aún y si fuera fraude, sin sentencia ejecutoriada no podrían negarte el seguro.

    Acude primero a Condusef y de no lograr nada si deberás demandar por incumplimineto de contrato. Un abogado te debe cobrar un porcentaje de lo que recuperes. En la misma acción debes buscar que se paguen gastos y costas y si es posible una indemnización extra, mejor. Al menos de ahí sacarías para pagarle al abogado y así no saldrías perdiendo.



  • Autor
    Respuesta No: 8076

  • Fernando1234
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ya denucnio penalmente?

    si no varie la declaracion y omita narrar sobre la compraventa, solo manifieste el robo.



  • Autor
    Respuesta No: 8085

  • Jesus M
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    el texto de la clausula dice:

    exlusiones de la cobertura de robo total

    queda entendido y convenido que esta cobertura en ningun caso ampara, ni se refiere a:

    3. que el robo tenga su origen o sea consecuencia de los delitos de;

    a) abuso de confianza comentido por:

    a.4) personas cuayas acciones sean tendientes a la compra-venta arrendamiento o financiamiento del vehiculo asegurado y/o,

    a.5) persona cuyas acciones tengan su origen o sean consecuencia de cualquier tipo de contrato mercantil de compra-venta, financiamiento o renta diaria.

    b)fraude

    4)tengan su origen o sea consecuencia de cualquier tipo de contrato mercantil de compra-venta, financiamiento o renta diaria respecto del vehiculo asegurado.,



  • Autor
    Respuesta No: 8096

  • Jesus M
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    el texto de la clausula dice:

    exlusiones de la cobertura de robo total

    queda entendido y convenido que esta cobertura en ningun caso ampara, ni se refiere a:

    3. que el robo tenga su origen o sea consecuencia de los delitos de;

    a) abuso de confianza comentido por:

    a.4) personas cuayas acciones sean tendientes a la compra-venta arrendamiento o financiamiento del vehiculo asegurado y/o,

    a.5) persona cuyas acciones tengan su origen o sean consecuencia de cualquier tipo de contrato mercantil de compra-venta, financiamiento o renta diaria.

    b)fraude

    4)tengan su origen o sea consecuencia de cualquier tipo de contrato mercantil de compra-venta, financiamiento o renta diaria respecto del vehiculo asegurado.,



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