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PENSION IMSS
- Consulta : 3322
- Autor : odon
- Publicado : Viernes 23 de Enero de 2009 11:03 desde la IP: 189.131.187.202
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 467
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 23 de Enero de 2009
SI UN PENSIONADO POR SESANTIA, RECIBE LA PENSION POR ESTE CONCEPTO Y POSTERIORMENTE EL MISMO PATRON CON QUE LABORABA VUELVE A DARLE TRABAJO. ¿ ESTO OCASIONA ALGUN DAÑO A SU PENSION SI SE DEMUESTRA QUE CONTINUO CON TRABAJO ACTIVO TAN LUEGO EL IMSS LE OTORGO PENSION?. Esta consulta es porque el trabajador nuevamente y despues de ocho años de trabajo despues de ser pensionado fue despedido y se pretende demandar el despido,pero requiero saber si se le afectaria a su pension ya que el patron es el mismo que con el que el trabajador salio pensionado
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 8013
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Enero de 2009 11:10 2009-01-23 11:10 desde IP: 201.172.53.5
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Autor
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AutorRespuesta No: 8115
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Enero de 2009 16:48 2009-01-23 16:48 desde IP: 189.186.168.33
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Autor
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AutorRespuesta No: 8119
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Enero de 2009 17:10 2009-01-23 17:10 desde IP: 201.172.53.5
La ley del IMSS dice El pago de las pensiones de invalidez, de vejez y de cesantia en edad avanzada, se suspenderan durante el tiempo en que el pensionado desempeñe un trabajo comprendido en el regimen del seguro social.
no regira lo dispuesto en el parrafo anterior cuando el pensionado por invalidez ocupe con diverso salario un puesto distinto a aquel que desempeñaba al declararse esta.
De igual forma no se suspendera la pension por vejez o cesantia en edad avanzada, cuando el pensionado reingrese a un trabajo sujeto al regimen obligatorio del seguro social con patron distinto al que tenia al pensionarse y siempre y cuando hubiesen transcurrido seis meses de la fecha en que se haya otorgado la pension.
Gerardo
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Autor
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AutorRespuesta No: 8807
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Enero de 2009 15:43 2009-01-27 15:43 desde IP: 189.131.224.138
gracias por sus comentarios, solo si respaldarian juridicamente pues el patron contrata de nuevo al pensionado para evadir pago de liquidacion y prestaciones
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