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PENSION IMSS

  • Consulta : 3322
  • Autor : odon
  • Publicado : Viernes 23 de Enero de 2009 11:03 desde la IP: 189.131.187.202
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 467
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  • Autor
    Consulta

  • odon
    ABOGADO LABORAL

    SI UN PENSIONADO POR SESANTIA, RECIBE LA PENSION POR ESTE CONCEPTO Y POSTERIORMENTE EL MISMO PATRON  CON QUE LABORABA VUELVE A DARLE TRABAJO. ¿ ESTO OCASIONA ALGUN DAÑO A SU PENSION SI SE DEMUESTRA QUE CONTINUO CON TRABAJO ACTIVO TAN LUEGO EL IMSS LE OTORGO PENSION?. Esta consulta es porque el trabajador nuevamente y despues de ocho años de trabajo despues de ser pensionado fue despedido y se  pretende demandar el despido,pero requiero saber si se le afectaria a su pension ya que el patron es el mismo que con el que el trabajador salio pensionado

     

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  • Autor
    Respuesta No: 8013

  • gerel
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Cesantia!   El trabajador pensionado no puede laborar hasta despues de un año de haber recibido su pension y con un patron diferente al que lo pensiono! El IMSS le puede suspender la pension.

     



  • Autor
    Respuesta No: 8115

  • Marlen_2
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola Odon:

    Tengo entendido que puedes trabajar con el mismo patron, siempre y cuando ocupes un puesto distinto. Sin afectar tu pensión.



  • Autor
    Respuesta No: 8119

  • gerel
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La ley del IMSS dice El pago de las pensiones de invalidez, de vejez y de cesantia en edad avanzada, se suspenderan durante el tiempo en que el pensionado desempeñe un trabajo comprendido en el regimen del seguro social.

    no regira lo dispuesto en el parrafo anterior cuando el pensionado por invalidez ocupe con diverso salario un puesto distinto a aquel que desempeñaba al declararse esta.

    De igual forma no se suspendera la pension por vejez o cesantia en edad avanzada, cuando el pensionado reingrese a un trabajo sujeto al regimen obligatorio del seguro social con patron distinto al que tenia al pensionarse y siempre y cuando hubiesen transcurrido seis meses de la fecha en que se haya otorgado la pension.

    Gerardo

     



  • Autor
    Respuesta No: 8807

  • odon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    gracias por sus comentarios, solo si respaldarian juridicamente pues el patron contrata de nuevo al pensionado para evadir pago de liquidacion y prestaciones



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