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PRESCRIPCION DEL DERECHO DE ADJUDICACION
- Consulta : 3125
- Autor : jeperez1960_NR
- Publicado : Miércoles 21 de Enero de 2009 13:50 desde la IP: 189.132.18.29
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 467
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 21 de Enero de 2009
buenas tardes
quisiera consultar el sig. asunto derivado de un juicio ejecutivo mercantil
me demando el banco y perdi el juicio el banco remato y adjudico mi propiedad. sin embargo sigo teniendo la posesion fisica del inmueble y el banco no escrituro a su favor, de esto ya han pasado mas de diez años, mi pregunta es la sig.
ya prescribio el derecho del banco de ejercer la adjudicacion y llevar a cabo la escrituracion y posesion del inmueble.
Por su atencion muchas gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 7602
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Enero de 2009 14:23 2009-01-21 14:23 desde IP: 189.156.235.58
Código Civil Federal.
CAPITULO III
De la Prescripción Negativa
Artículo 1158.- La prescripción negativa se verifica por el sólo transcurso del tiempo fijado por la ley.
Artículo 1159.- Fuera de los casos de excepción, se necesita el lapso de diez años, contado desde
que una obligación pudo exigirse, para que se extinga el derecho de pedir su cumplimiento.
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