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HEREDERO UNIVERSAL
- Consulta : 3004
- Autor : mytac_NR
- Publicado : Martes 20 de Enero de 2009 10:48 desde la IP: 68.2.214.166
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 466
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 20 de Enero de 2009
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 7378
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Enero de 2009 12:29 2009-01-20 12:29 desde IP: 189.148.139.33
¿No haría falta mencionar el estado de la República en el cuál se está llevando el juicio?
No obstante lo anterior, las facultades son las mismas que las del albacea, la única diferencia es que en este caso sólo existe un heredero por lo que es posible, al menos en Yucatán, saltarte la tercera sección del juicio, la de administración, ya que se entiende que cualquier perjuicio que pudiere tener la cosa es en menoscabo del mismo heredero. Este no podría reclamarse a sí mismo el deterioro del bien por falta de buen cuidado.
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