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REGIMEN DE CONVIVENCIA

  • Consulta : 284157
  • Autor : fersm3005_NR
  • Publicado : Sábado 02 de Junio de 2018 14:51
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,082
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  • Autor
    Consulta

  • fersm3005_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Buen día, Me llamo Luis. Derivado de una sentencia emitida por el juez de lo familiar que decreta un régimen de convivencia entre mi hija de 7 años y yo que soy su padre. es que pregunto dos situaciones que me están ocurriendo. La primera. Mi hija comenzó a decirme que ya no quería verme que ya ni fuera a buscarla. Existe alguna norma, código o ley que establezca que si mi hija ya no me quiere ver así deberá ser? cual es ese sustento jurídico? que articulo lo describe? La segunda. Su madre a partir de la siguiente semana ya no me abrió la ventana para, por lo menos ver a mi hija. No se asomo nadie. Existe alguna norma, código o ley que me apoye para denunciar ese comportamiento? que articulo lo describe?. Se denuncia al mismo juez que emitió la sentencia o se abre un nuevo juicio? Agradezco de antemano sus respuestas.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 397797

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado amigo, el amor es una cuestión natural, sobre todo padre a hijos. seria conveniente acudir a la escuela de la niña y hablar con la maestra o la directora, para ver como actúa su hija. Los maestros se correlacionan mas con los niños. Y despues comuniquese conmigo. tel. . Servicios de 11:00 a 19:00 horas. Lic. Marco Antonio Trillo Vega





  • Autor
    Respuesta No: 397811

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La primera. Mi hija comenzó a decirme que ya no quería verme que ya ni fuera a buscarla. Existe alguna norma, código o ley que establezca que si mi hija ya no me quiere ver así deberá ser? cual es ese sustento jurídico? que articulo lo describe? .... en la junta de menores que deberás solicitar por medio de un abogado... el menor dirá si quiere o no convivir contigo... y si dice que no.... es no... .......................................... La segunda. Su madre a partir de la siguiente semana ya no me abrió la ventana para, por lo menos ver a mi hija. No se asomo nadie. Existe alguna norma, código o ley que me apoye para denunciar ese comportamiento? que articulo lo describe?. Se denuncia al mismo juez que emitió la sentencia o se abre un nuevo juicio? ............................................ no dices si ya tienes concedido un derecho para convivencia con la menor... otorgado por un juez.... en si... no dices nada... y no existe delito alguno o cosa que se le parezca... tu abogado especialista en derecho familiar... sabe como pedirlo...



  • Autor
    Respuesta No: 397812

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Amigo. a fuerzas ni los zapatos entran. Dele tiempo a tiempo. no deje de cumplir con su obligación alimentaria dentro de lo posible. Dele tiempo al tiempo. la niña se dará cuenta que tiene un padre y entonces vendrá a usted. LAS MUJERES PIENSAN CON EL CORAZON NO CON EL CEREBRO. El tiempo dice todo no se desespere. Estoy a sus ordenes. LIC. MARCO ANTONIO . . CEL. marco_trillo



  • Autor
    Respuesta No: 397825

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Debe interponer un incidente de cumplimiento de visitas y convivencias y en el cual también deberá solicitar al juez fije día y hora para que tenga verificativo una audiencia de platica con la menor, del resultado de esta por lo que usted expone en su consulta y en mi opinión el juez deberá ordenar terapia para ambos progenitores y para su menor hija también. Lo anterior en virtud de que si bien es cierto que respecto de los regímenes de visitas y convivencias los menores tienen derecho a ser escuchados por el juez, cierto es también que el juzgados debe velar en todo momento que se debe restablecer el vínculo filial entre la menor y el progenitor que no tiene la guardia y custodia, esto último atendiendo al interés superior del menor para su sano desarrollo.



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