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DERECHOS DE AUTOR
- Consulta : 2826
- Autor : TENA
- Publicado : Sábado 17 de Enero de 2009 16:13 desde la IP: 200.95.224.119
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 467
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 17 de Enero de 2009
estimados licenciados, como se han encontrado en este camino de la competncia irracional y de la poca creatividad artistica legal.
ahora me encuentro aqui formulando una pregunta sobre el tema de derechos de autor.
mi duda es basada en la siguiente descripcion de hechos:
primero: mi tio y yo tuvimos a bien realizar una asociacion civil con el motivo de fundar una institucion donde ofreciera el servicio de la enseñanza del idioma ingles.
segundo: tenemos varios mese impartiendo clases a varias personas con un metodo especial y con unos libros muy buenos desarrollados por un profesor (tanto el metodo como los libros los creo el profesor que trabaja para nosotros).
tercero: al ver que es un metodo fantastico, novedoso y que da resultados de inmediatos (una persona puede lograr aprender el ingles en 15 meses con una hora diaria o 6 meses con 5 horas diarias), hemos querido comprar tanto el metodo como los derechos del libro.
dudas a resolver por toda la comunidad juridica de abogados de MEXICO LEGAL.
1.-¿es posible comprar los derechos de autor? y ¿y que legislacion regula esta transaccion?
2.- ¿que tipo de contrato se realiza y si hay que acudir a una dependencia para registrar el contrato o ante una autoridad fedataria.?
3.- al comprar los derechos de autor, que es lo que en realidad estoy comprando, es decir que efectos juridicos se producen, asi como que derechos y obligaciones contraigo.
4.-al comprar los derechos de autor solo comprende al libro en realidad, pero ¿no estoy comprando el metodo que se explica en el libro?
5.- cual seria la forma correcta para que yo compre los derechos de autor sobre ese libro y sobre el metodo.
6.- que provechos tendria con la anterior compra venta.
de antemano agradesco su tiempo y la aplicacion de su conocimientos que hacen por altruismo y agradesco aun mas el esfuerzo que realizan para que uno salga de la ignorancia, pues como dice el dicho no hay mas persona cuelta que un abogado.
espero sus respuestas claras, sanas y ante todo fundadas para poder consultar a detalle.
GRACIAS
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 6910
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Enero de 2009 17:14 2009-01-17 17:14 desde IP: 200.77.48.54
¿Ya revisó la Ley Federal de Derechos de Autor?....
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Autor
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AutorRespuesta No: 6973
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 01:24 2009-01-18 01:24 desde IP: 189.144.19.187
TENA:
El Derecho de Autor no es tan simple como lo ha pensado. Una obra tiene dos tipos de derechos (por decirlo de una manera); los derechos morales y los derechos patrimoniales.
Derechos Morales: El derecho moral se considera unido al autor y es inalienable, impreible, irrenunciable e inembargable. Es el crédito que tiene el autor por haber creado la obra.
Derechos Patrimoniales: Son aquellos que le permiten al autor de la obra el derecho de explotar de manera exclusiva sus obras, o de autorizar a otros su explotación, en cualquier forma, dentro de los límites que establece la presente Ley y sin menoscabo de la titularidad de los derechos morales.
Derivado de lo anterior, lo que Usted puede adquirir del autor son los derechos patrimoniales; sin embargo, esta adquisición no es de por vida y tiene sus reglas.
En primer término, salvo casos excepcionales, la transmisión de los derechos patrimoniales no podrá ser mayor de 15 años; lo que quiere decir que, a los 15 años deberá adquirir del autor de nueva cuenta los derechos patrimoniales bajo los términos y condiciones que en ese momento acuerden. Esto quiere decir que la transmisión de derechos siempre será temporal no importando el esquema mediante el cual ésta se genere.
En segundo término, la transmisión de derechos ya referida debe efectuarse por escrito para que no sea nula de pleno derecho. El contrato mediante el cual se transmitan los derechos deberá inscribirse en el registro del INDAUTOR para que surta sus efectos.
En tercer término, es altamente recomendable que determine la manera en la que se ha de realizar la transmisión de los derechos, ya que podría ser una cesión de derechos, una licencia o una autorización para explotar la obra. En cualquiera de los casos deberá precisar que es de manera exclusiva y que el autor no podrá transmitir los derechos de la obra a ningún tercero por el tiempo que dure dicha transmisión de derechos.
En cuarto término; toda transmisión de derechos deberá ser onerosa y deberá preveer en beneficio del autor o del titular del derecho patrimonial, en su caso, una participación proporcional en los ingresos de la explotación de que se trate, o una remuneración fija y determinada. Este derecho es irrenunciable.
En quinto término; la licencia en exclusiva obliga al licenciatario a poner todos los medios necesarios para la efectividad de la explotación concedida, según la naturaleza de la obra y los usos y costumbres en la actividad profesional, industrial o comercial de que se trate.
En sexto término; el derecho de autor no está ligado a la propiedad del objeto material en el que la obra esté incorporada. Salvo pacto expreso en contrario, la enajenación por el autor o su derechohabiente del soporte material que contenga una obra, no transferirá al adquirente ninguno de los derechos patrimoniales sobre tal obra.
Como verá, es más complicado de lo que se podría imaginar e invariablemente requiere de la asistencia de un abogado especializado en contratos y en propiedad intelectual, ya que se recomienda que la elaboración de este tipo de documentos sea efectuada por licenciados en derecho con especialidad en contratos de propiedad intelectual.
Con gusto le podemos apoyar si nos manda más datos a nuestro correo electrónico.
Saludos y espero haberle sido de apoyo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 8458
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 02:09 2009-01-26 02:09 desde IP: 200.77.150.193
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Autor
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AutorRespuesta No: 8647
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 23:14 2009-01-26 23:14 desde IP: 189.144.4.102
Es un gusto poder apoyarle.
Nuestro mail es: infobvym; serviciosbvym y promocionesbvym
Saludos.
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Autor






