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USUFRUCTO VITALICIO
- Consulta : 280956
- Autor : Fdezfer_NR
- Publicado : Jueves 15 de Septiembre de 2016 00:38 desde la IP: 189.193.194.237
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,085
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 15 de Septiembre de 2016
Estado de Referencia: Puebla
Buenas noches, mis tíos tienen el usufructo vitalicio y su hijo la nuda propiedad, mi primo se ha hecho cargo de sus padres, pero ya tendrán que rentar un departamento que tiene la casa para obtener ingresos y ayudarse con los gastos que cada ves son mayores para mis tíos, la;pregunta es, el contrato de renta lo tiene que hacer mis tíos como usufructuarios ,porque ellos ya son personas mayores de 90 años o lo puede realizar mi primo el de la nuda propiedad sin problemas legales? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 390883
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Septiembre de 2016 09:41 2016-09-15 09:41 desde IP: 187.157.55.83
Estimado consultante, Mientras el derecho de los usufructuarios no se vea disminuido y se respete, no hay mayor complicación. Ahora bien, te recpomendaría que el contrato de arrendamiento, lo realice el propietario, y haga comparecer en el contrato a los usufructuarios, para efecto de que estos otorguen su consentimiento en el contrato, y así evite cualquier problema futuro. Saludos cordiales.
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Autor
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AutorRespuesta No: 390902
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Septiembre de 2016 19:04 2016-09-16 19:04 desde IP: 189.180.240.154
el contrato.... se puede realizar... por medio del propietario... con consentimiento de los usufructuarios... o por medio de un poder notarial... que los usufructuarios le den al propietario... y pueda hacer los actos que no van encaminados al dominio de la cosa... o.... pueden todos juntos... acudir ante notario y anular el acto previo... usufructo vitalicio y nuda propiedad.... para que el propietario recupere su derecho y pueda en su momento hacer uso... goce y disfrute de la cosa... es decir... celebrar cualquier contrato traslativo del dominio.... vender...ceder...donar... permutar... rentar... o en comodato....el notario les dice que hacer...
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Autor
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AutorRespuesta No: 390991
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2016 14:27 2016-09-21 14:27 desde IP: 189.180.240.154
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