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DOBLE GRAVAMEN A UNA CASA
- Consulta : 280191
- Autor : jmanuel_18_8_NR
- Publicado : Viernes 17 de Junio de 2016 13:32 desde la IP: 177.243.29.123
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 17 de Junio de 2016
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 389304
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Junio de 2016 13:52 2016-06-17 13:52 desde IP: 201.151.188.253
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AutorRespuesta No: 389336
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Fecha de respuesta: Domingo 19 de Junio de 2016 20:43 2016-06-19 20:43 desde IP: 189.180.205.67
mmmmjjjj... eres aval... ers deudor a nombre del principal de la deuda.... y si el unico bien que tienes ...tiene un gravamen... eso no significa que no peuda ser rematado para pagar la deuda... esto es muy comun... al momento de rematar... con el dinero que se obtenga... deberá pagarse ´primero el primer gravamen y si sobra... el segundo... sino... seguiran siendo deudores...
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