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VENTA DE COPROPIEDAD.
- Consulta : 280044
- Autor : crackptus_NR
- Publicado : Miércoles 01 de Junio de 2016 00:50 desde la IP: 189.175.219.81
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,248
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 01 de Junio de 2016
Estado de Referencia: Veracruz
Venta de copropiedad. Buenas tardes, un saludo a todos los abogados de este tan importante foro. Seré breve. Existe una propiedad (casa) donde existen 3 copropietarios. Una de ellas es menor de edad, quedo un representante mayor de edad de ella. Las dudas son las siguientes. Quien quedo como tutor o representante de esta menor de edad (Su madre) puede firmar una sesión de derechos o algo similar a uno de los otros dos copropietarios? Ya sea como donación o como compra y venta? Me refiero a realizar un documento ‘’No escritura’’ donde se dé constancia de que se seden los derechos. Si dos de los copropietarios quieren vender y uno no está de acuerdo. ¿Se puede vender? Muchas gracias. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 389006
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Junio de 2016 11:44 2016-06-01 11:44 desde IP: 201.151.188.253
en el caso de la venta del inmueble se necesita que de común acuerdo las 3 partes accedan a la venta y determinen el monto que le toca a cada uno, y en cuanto a lo de la parte que le corresponde a la menor pues creo que la custodia de los bienes se mantiene por el tutor como albacea y este resguarde los bienes sin poder vender hasta que la niña sea mayor de edad y pueda tomar esa decisión.
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AutorRespuesta No: 389016
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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Junio de 2016 01:38 2016-06-02 01:38 desde IP: 201.141.195.193
Buenas noches. Los menores de edad son representados en su minoría de edad por los padres o abuelos que ostentan la patria potestad (Ese derecho es determinado por la ley y no se debe demandar ante un Juez) y a falta de estos por un tutor que se le haya nombrado previamente. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Ahora bien, de acuerdo a lo que determine su legislación, que es casi siempre la misma en todas las entidades federativas, los que tengan la patria potestad del menor o su tutor, no pueden vender los bienes del menor de edad sin que exista permiso del Juez Familiar para ello y además se acredite un beneficio con la compra. Esto es, el representante del menor debe presentar una solicitud ante un juez y manifestar porque es bueno vender esa casa, verbigracia, que un comprador ofrece el triple del valor de la casa y con ello existe un beneficio que a consideración del Juez lo pueda autorizar por ser benéfico. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Por otro lado, es importante mencionar que la cesión de derechos de una casa y una compraventa o donación, para estos efectos se equiparan (es lo mismo), por lo que no pueden ceder, vender o donar a menos que tengas permiso del Juez, ya que transfieres el dominio del inmueble y le estas quitando al menor su patrimonio, por lo que sólo se puede hacer con permiso del Juez. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Por último, todos los copropietarios pueden vender su parte a quien les de la gana y sólo tiene obligación de ofrecerla primero y en los mismos términos que al mundo a los otros copropietarios (Derecho del tanto), ya que nadie esta obligado a pertenecer a la copropiedad y de hecho la ley busca que la misma se extinga, por eso le da preferencia a los copropietarios para que adquieran la parte proporcional de la copropiedad que se quiere vender y así al final sólo exista un propietario y se extinga la copropiedad. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… De tal suerte, que si un copropietario quiere vender, la persona que quiere adquirir el terreno debe saber que no será propietario exclusivo, sino que el inmueble esta en copropiedad y que por tanto, tendrá que repartir los derechos y obligaciones con los demás copropietario que se generen por el dominio del inmueble. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita desde nuestra página de Internet para una asesoría. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado” ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… w . w . w . a b o g a d o s p e r e g r i n a – s a l a z a r . c o m
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