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¿QUE PASA CON LOS ARTíCULOS QUE INVALIDA LA SCJN?

  • Consulta : 278837
  • Autor : lic.lópezordaz
  • Publicado : Jueves 14 de Enero de 2016 18:32 desde la IP: 189.202.78.127
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • lic.lópezordaz
    ESTUDIANTE

    como por ejemplo declaran inconstitucional los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud. ¿eso quiere decir que ya no son validos?.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 387070

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bueno, esos artículos no pierden su vigencia y no son invalidados, son declarados incostitucionales que son cosas muy diferentes. El beneficio de que son declarados inconstitucionales solo recae en la persona que interpuso el amparo. Para los demás mortales siguen igual las cosas.



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