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DESISTIMIENTO DE INTESTADO

  • Consulta : 278391
  • Autor : Jacquelinedionicio_NR
  • Publicado : Martes 03 de Noviembre de 2015 11:50 desde la IP: 201.153.185.62
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,108
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  • Autor
    Consulta

  • Jacquelinedionicio_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Buenos días ,mi pregunta es la siguiente. De qué manera puedo obtener la devolución de las escrituras que se presentaron en el juicio ,intestamentario si el juez me indica que no me las puede devolver por qué está por pronunciar la sentencia de declaración de herederos, pero yo las necesito debido a que yo voy a volver a tramitar el juicio pero ahora en el estado donde vivo y en donde falleció el autor de la herencia.gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 386134

  • Adriana07
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Desconozco de que Estado seas pero aquí en Nuevo León se acude al Registro Público de la Propiedad y del Comercio y se te expide copia certificada de la escritura y es prácticamente lo mismo sirve igual que una escritura original.



  • Autor
    Respuesta No: 386135

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted no puede promover otro juicio sucesorio si ya existe uno en proceso, estaría cometiendo fraude procesal. No hay caducidad en este tipo de procedimientos.



  • Autor
    Respuesta No: 386140

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los juicios sucesorios... deben ser promovidos en el domicilio... en la jurisdicción y competencia del lugar donde vivió por ultima vez el de cujus... en los juicios en los que ha de declararse herederos... no puede uno ... de estos... desistirse de la acción en perjuicio de todos los demás... tendrían que ir todos a ratificar ese desistimiento... que no podría ser de la instancia... seria de la acción...,y por ende... la renuncia de derechos... bien comentan... no hay caducidad de esos juicios... y no debieron abrir... lo que no iban a seguir...



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