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DELITO DE FALGANCIA?

  • Consulta : 2776
  • Autor : michiru-kaioh_NR
  • Publicado : Viernes 16 de Enero de 2009 13:38 desde la IP: 200.92.211.67
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 467
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  • Autor
    Consulta

  • michiru-kaioh_NR
    NO REGISTRADO

    una pregunta si agarran a agluien en el delito de flagancia cualkiere ke fuere el delito si es federal que se hace? una vez que lo hayan llevado ante el MP que procede? toman declaracion o que pasa? alguein me lo puede explicar paso a paso? porfavor?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 6725

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La flagrancia no es un "delito" sino el sorprender al activo en el "momento" de comisiòn de un hecho delictivo.



  • Autor
    Respuesta No: 6739

  • mkaioh2
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Maxwel Smart si se que no es un delito si no sorpender al activo en el momento pero que? dejan ir al "delincuente"? o "infractor"? o lo llevan ante el MP ? y si lo llevan ante el MP el MP que hace? o que procede?



  • Autor
    Respuesta No: 6741

  • Advocatus85
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si es sorprendido en flagrancia abvio no lo pueden dejar en libertad, es llevado al MP o autoridad que corresponda para que rinda su declaracion...



  • Autor
    Respuesta No: 6743

  • mkaioh2
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    y despues de que rinda su declaracion? el infractor cuantas horas puede estar en la carcel? o cuantos años ? o como es esto ? XD



  • Autor
    Respuesta No: 6745

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    1.- desde el momento de la Detención: inmediatamente presentarlo ante el MP.

    2.- MP.- Hasta 48 horas para consignar.

    3.- Juzgado, 48 horas para tomar declaración preparatoria. (contadas a parti de que ingresa al CERESO).

    4.- Juzgado: Hasta 72 horas para resolver térmno constitucional. (incluye las 48 antariores).

    Todo lo anterior, a reserva de fijarle caución en caso de no ser delito "grave" pue en tal, estaría en "libertad" pero caucionada.

    ¿OK?



  • Autor
    Respuesta No: 6750

  • Omar E.P.
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas Tardes. Cuando una persona es sorprendida cometiendo un delito se dice que existe flagrancia y  puede ser detenido por la autoridad, igualmente se considera que existe flagrancia, como se establece en el articulo 193 del Codigo Federal de Procedimientos Penales, si inmediatamente despues de ejecutado el delito, el que cometio el delito es perseguido materialmente, o si es señalado por la victima, algun testigo presencial de los hechos, o quien hubiere participado con el en la comision del delito, o se encuentre en su poder el objeto, instrumento o producto del delito, o bien aparezcan huellas o indicios que hagan presumir fundadamente su participacion en el delito, siempre y cuando no haya transcurrido un plazo de cuarenta y ocho horas.  una vez detenida la persona, esta debera rendir declaracion ante el Ministerio Publico, y no podra ser retenido por el Ministerio Publico por mas de 48 horas, quien transcurrido ese plazo debera ordenar su libertad o ponerlo a disposicion del Juez. si es puesto a disposicion del Juez, el detenido debera rendir su declaracion preparatoria ante dicha autoridad, pudiendo ofrecer a su favor, los medios de prueba necesarios, tanto con el ministerio publico, como con el Juez. El Juez tiene el plazo de 72 horas para determinar la situacion juridica del detenido, pudiendose duplicar dicho termino a peticion de la defensa, pasado ese tiempo el juez debera  determinar si el detenido es probable responsable de la comision del delito dictando auto de formal prision o en su caso dictar auto de libertad. cabe señalar que si el delito no es considerado como grave y alcanza fianza, esta se puede solicitar ante el ministerio publico, para que se este en posibilidad de gozar de libertad bajo fianza.



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