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INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL
- Consulta : 277417
- Autor : gorrovazquez_NR
- Publicado : Lunes 21 de Septiembre de 2015 00:14 desde la IP: 177.224.64.174
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,087
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 21 de Septiembre de 2015
Estado de Referencia: Estado de México
tiene un año dos meses que me fracture la pierna en mi trabajo, en el mes de junio me mandaron a salud en el trabajo y el doctor calfico mi riesgo de trabajo en un 50% tambien me pidieron hiciera el tramite de pension temporal el cual ya hice, pero a hora tiene tres meses que no me paga el imss me comentan que el tramite es tardado, y mientras que hago si no tengo otro ingreso, por otra parte el imss esta obligado a seguirme pagando el 100% de mi ingreso o este se modifica, ya que tengo gastos fijos los cuales cubria con mi sueldo y salia tablas con mi gastos, me dieron incapacidad permanente parcial por dos años, me puede alguin asesorar con mi pregunta. gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 385651
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Septiembre de 2015 07:21 2015-09-21 07:21 desde IP: 189.134.149.134
Mientras son incapacudades por riesgo de trabajo se te paga el 100% del salario de cotización. Una vez declarada la IPP, en tu caso, si se te valuó en 50% el daño, se pagará el 50% del 70% de tu salario de cotización. Y tu patrón estará obligado a acomodarte en un puesto que puedas desempeñar, si esto no es posible se puede terminar la relación laboral.
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