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INTERPRETACION DE ARTICULO
- Consulta : 274590
- Autor : flores1219c_NR
- Publicado : Jueves 20 de Agosto de 2015 19:38 desde la IP: 187.139.6.197
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 20 de Agosto de 2015
Estado de Referencia: Jalisco
Buenas noches a todos la presente es porque me iniciaron un proceso administrativo el cual dice lo siguiente:
Acuerdo
Guadalajara, Jalisco a 01 de junio de 2015
Visto el acuerdo de fecha 13 de marzo de la presente anualidad, dictado dentro del procedimiento administrativo número Dj/022/2014, por la maestra --------------------------------- Directora General de este organismo, a través del cual se instruye al suscrito para llevar a cabo el desahogo de dicho procedimiento, atento al contenido del acuerdo de referencia.
Capítulo III
De la investigación administrativa
Artículo 84. La investigación administrativa no excederá de sesenta días naturales contados a partir del día siguiente de su avocamiento. De cumplirse dicho término y de no existir pronunciamiento por parte del órgano de control disciplinario, se entenderá que dicho procedimiento ha caducado y concluirá de forma anticipada sin responsabilidad para el servidor público presunto responsable.
La inactividad procesal y el incumplimiento de dicho término por parte del órgano disciplinario, será causa de responsabilidad administrativa.
Mi pregunta es la siguiente lo que indica el artículo que antecede tiene que ver con las fechas marcadas en el acuerdo y las cuales son las siguientes:
Fecha 13 de marzo y el primero de junio ambas del 2015 si es correcto se tomaria como caducado o si alguien me puede indicar la forma correcta de interpretar este artículo se los agradecería de antemano gracias por su apoyo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 384596
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Agosto de 2015 19:56 2015-08-20 19:56 desde IP: 201.141.114.7
Para poder responderle ¿Que dice el acuerdo del 13 de marzo?
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Autor
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AutorRespuesta No: 384610
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Agosto de 2015 09:42 2015-08-21 09:42 desde IP: 187.139.6.197
Buen dia y gracias por contestar el acuerdo dice lo siguiente:
Guadalajara jal. 13 de marzo del 2015
Visto el memorando numero C.i 072/2015 remitido por el mtro. xxxx contralor interno de este organismo, por medio del cual, en cumpliento a la solicitud de direccion general, remite la documentacion e informes de auditoria a los estados financieros de la direccion de recursos financieros correspondientes al año 2012, unicamente los relativos a las observaciones no solventadas; por lo que esta direcion general de conformidad con los articulos90,91 fraccion lll 106 y107 de la contitucion politica del estado de jalisco 1 ,2,3 fraccion lx 4,61,62,87,88,89 y 90 de la ley de responsabilidades de los servidores publicos del estado de jalisco, se avoca al estudio y conocimiento de las observaciones realizadas. Dada la posibilidad de que existan actos u omisiones que pudieran presumir la existencia de responsabilidad administrativa cometida por trabajadores y servidores publicos de este organismo, se procede al estudio individual de cada observacion y aqui inician todas.
y una disculpa por la tardanza pero no podia contestas hasta que me pude registrar.
saludos
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Autor






