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ORIENTACIóN SOBRE AUMENTO DE RENTA

  • Consulta : 274412
  • Autor : caro.mariana_NR
  • Publicado : Miércoles 19 de Agosto de 2015 12:59 desde la IP: 148.246.194.24
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,246
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  • Autor
    Consulta

  • caro.mariana_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    Buenas tardes, quiesiera que me dieran asesoria sobre un local comercial que estoy rentando desde aproximadamente 15 años, siempre he sido puntual con mi renta, sólo que ahora a mi casera, yo sospecho que quiere desalojarme ya que en este año me subió la renta dos veces, ya que me hace los contratos cada seis meses, amenazó que en enero me la va a subir un 40% más de lo que pago ahora, mi inquietud es si acaso esto es legal ¿ puedo quejarme en algún lugar? o ¿qué puedo hacer al respecto? ya que dice que si no puedo pagar le desocupe, y si me niego el juicio lo pagaría yo.

    Les agradecería si me pudiesen ayudar, gracias

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 384534

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Es legal.......y si, los gastos de abogado y juicio usted los paga, mas lo de su abogado.....un contrato lo celebran quienes estan de acuerdo, si alguno no esta de acuerdo y no lo celebra, no hay nada....o simplemente el propietario ya no quiere rentar, al vencimiento del contrato se tendra que desocupar, so pena de demanda......



  • Autor
    Respuesta No: 384538

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    elizh80

    Usted al responder paso por alto lo estipulado en el artículo 2475 del Código Civil para el Estado de Hidalgo que señala que: 

    Artículo 2475.- Vencido un contrato de arrendamiento, tendrá derecho el inquilino, siempre que esté al corriente en el pago de las rentas, a que se le prorrogue hasta por un año ese contrato. Podrá el arrendador aumentar hasta un diez por ciento la renta anterior, siempre que demuestre que los alquileres en la zona de que se trate, han sufrido una alza después de que se celebró el contrato de arrendamiento.
     
    Por lo anterior, dado que existe artículo expreso NO es legal la pretensión de la arrendadora.
     
    Saludos. 



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