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ASESORIA DE HERENCIA
- Consulta : 2698
- Autor : VICK
- Publicado : Jueves 15 de Enero de 2009 13:39 desde la IP: 200.78.179.93
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 469
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 15 de Enero de 2009
MI ESPOSO JUNTO CON OTRAS DOS HERMANAS DE ÉL HERERARON LA CASA DE SU MAMÁ CON BASE AL TESTAMENTO. ACTUALMENTE MI ESPOSO VIVE ALLÍ JUNTO CON OTRO HERMANO QUE NO TIENE PARTE DE LA HERENCIA. EN CASO DE QUE MI ESPOSO EN UN FUTURO DESEE VIVIR A OTRO LADO PUEDE PEDIR SU PARTE QUE LE CORRESPONDE LLEGANDO A UN ACUERDO, YA SEA QUE SE VENDA O QUE SUS HERMANAS LE PAGUEN SU PARTE.
EL TIENE MÁS DE 10 AÑOS VIVIENDO ALLÍ Y ES EL UNICO QUE PAGA TODOS LOS IMPUESTOS DE LA CASA. SUS HERMANAS NO QUIEREN QUE SE VENDA LA PROPIEDAD, QUIEREN QUE MI ESPOSO SIGA VIVIENDO ALLÍ Y TENGA A SU HERMANO VIVIENDO ALLÍ QUE CON TRABAJOS LE PAGA LUZ, AGUA ETC. Y QUE HASTA QUE MI ESPOSO FALLEZCA SE VENDA LA PROPIEDAD PARA REPARTIRLA ENTRE TODOS LOS HERMANOS. ME PODRÍAN DAR ALGUNAS ASESORÍA DE LO QUE EL TENGA DERECHO Y SEA JUSTO QUE PIDA. MI ESPOSO Y YO ESTAMOS CASADOS POR BIENES MANCOMUNADOS HEMOS DADO MANTENIMIENTO A ESTA CASA. Y REPARACIONES, CON BASE A LOS COMENTARIIOS DE SUS HERMANAS SI ÉL LLEGA A FALLECER ME SACARÍN A MÍ DE AQUÍ. GRACIAS POR SU ASESORÍA DE ANTEMANO. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 6556
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Enero de 2009 15:15 2009-01-15 15:15 desde IP: 189.181.3.6
Estimada Vick:
Si la mamá de tu esposo fue la única propietaria de dicha casa, es decir, la haya adquirido como única propietaria, entonces lo que deben realizar es un juicio sucesorio testamentario, haciendo valer las disposicones del testamento respecto a los bienes de la mamá de tu esposo. Hay que tener cuidado en lo que te mencionaba, en que haya sido única propietaria, puesto que si estaba casada esta señora por bienes mancomunados y así adquirió el bien inmueble, debe respetarse el porcentaje de su esposo (si lo tuvo).
El Juicio Sucesorio Testamentario, pueden realizarlo tanto por vía judicial, en donde deberás contratar un abogado para que lo lleve a cabo o ante un notario público, con la misma finalidad. Aquí la cuestión para decidir, son los costos.
Al realizar este juicio sucesorio testamentario, deben atenerse a las disposiciones testamentarias, tal vez haya repartido el bien inmueble en partes iguales o haya establecido diferentes porcentajes. Al término de este proceso, tu esposo y sus hermanas serán copropietarios de dicho bien, por lo general, en los testamentos también viene la opción de acrecentar el porcentaje, es decir, si llega tu esposo a un acuerdo con las hermanas para que le compren su parte, lo pueden hacer. Ojo, con lo del repudio, no te quieran engañar diciendo alguna de las hermanas que repudien a su favor para que sea más rápido, porque el repudio es total y ya no sería dueño tu esposo, así que si le van a comprar, hazlo legalmente.
Por último, tú al estar casada por bienes mancomunados con tu esposo, tienes el derecho a un cincuenta por ciento de los bienes que adquieran dentro de su matrimonio, pero este bien como lo adquirió por derechos sucesorios, NO FORMA PARTE DE LA SOCIEDAD CONYUGAL.
Cómo ves, pueden haber muchas variantes y se necesitan más datos. Cualquier duda, hazmela llegar a mi mail y con todo gusto te lo resuelvo.
C
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