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DEMANDA PATRIA POTESTAD DIFERENTE ENTIDAD FEDERATIVA

  • Consulta : 269034
  • Autor : aibarra
  • Publicado : Martes 16 de Junio de 2015 18:42 desde la IP: 189.223.204.36
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,244
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  • Autor
    Consulta

  • aibarra
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes!

    Le comento mi caso, espero que me puedan aconsejar: mi hija fue registrada por su padre biologico y por mi, nosotros vivimos un año en unión libre sin embargo nos separamos debido a que el señor es vicioso. Desde que nos separamos el dejó de proporcionar apoyo económico para los alimentos de su hija, mucho menos para ropa o calzado, ya que dejó el trabajo que tenía y se fue a vivir a casa de su madre quien lo mantenía. Asi tambien el dejo de convivir con la niña, a quien solo veia ocasionalmente cuando yo llevaba a la niña de visita a casa de su abuela paterna. Debido a que el tiene vicios, su mama lo ha enviado en diversas ocasiones a centros de rehabilitacion. De hecho hace un año y medio su madre lo corrio de su casa y desde entonces no volvi a saber de el, desaparecio completamente ya que no dejo ni una direccion o telefono donde localizarlo (yo intente localizarlo para poder sacar el pasaporte a mi hija, pero tuve que solicitar una resolucion judicial).

    Mientras tanto yo me case con el hombre a quien mi hija conoce como su papa, y debido a que el consiguio un mejor trabajo en el estado de Jalisco, mudamos nuestra residencia a este estado. Sin embargo ahora me entere que el padre biologico de mi hija ya regreso a vivir a casa de su mama, y ahora que se donde localizarlo, quisiera demandar que el pierda la patria potestad pues tiene a mi hija en abandono desde hace 7 años, ademas de que mi esposo quisiera adoptarla, pero tengo la duda si puedo hacer la demanda ahora que residimos en una entidad federativa diferente a la de el.

    De antemano agradezco sus comentarios.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 381719

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con el debido respeto, difiero de lo señalado por el Licenciado Diego González.

    Usted puede demandar del padre de su hija la perdida dela patria potestad ante un Juzgado de lo Familiar del Estado de Jalisco, pues de conformidad con lo que previene el artículo 161, fracción IX, delCódigo de Procedimientos de esa Entidad Fedrativa, en los asuntos relativos a la patria potestad, guarda y custodia, visitas y convivencia de las personas menores de edad o incapaces, la competencia se surte en favor del Juez de la residencia de éstos.

    Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar, a efecto que inicie los trámites; solamente deberá tener en cuenta que será necesario notificarde la demanda y emplazar al padre de su hija a través de exhorto que se remita al lugar en que este vive, lo que hace que el procedimiento sea lento.





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