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ES LEGAL QUE LA DEUDA DE UN MEDIDOR LA PUEDAN TRASLADAR A OTROS AUNQUE LOS DOMICILIOS SEAN DISTINTOS

  • Consulta : 267915
  • Autor : irasemalizarraga_NR
  • Publicado : Viernes 05 de Junio de 2015 17:50 desde la IP: 189.173.17.95
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,223
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  • Autor
    Consulta

  • irasemalizarraga_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora

    Sucede que rente la casa que no uso, el medidor de CFE se quedo a mi nombre, pero el inquilino NO pagó la energia consumida como por 2 años concecutivos; sin embargo CFE nunca le suspendio el servicio, cuando pude lo saque de mi casa, obviamente por que no me pago la renta y pues ni quiso saber nada de los recibos obvio no estaban a su nombre; el caso es que suspendieron el suministro de energia electrica de mi domicilio particular (donde yo habito), y se llevaron el medidor para evitar suministro de energia; obvio no pague los meses siguientes para saber si me separarian las deudas, pero me dijeron que hasta que pagara ambas deudas me reinstalarian el servicio de energia electrica; y ahora para variar mee piden que haga un muro donde colocar el nuevo medidor que por que en la calle debe de estar, y supongo que me lo van a querer cobrar como nuevo, cuando el contrato es muy viejo desde 2002, y en ese tiempo a mi no me pidieron que hicera esto y lo otro solo lo colocaron donde desde que habia energia en la colonia y se hizo por alla en los 80's  y se hizo sobre una pared de mi casa y ahi mismo lo colocaron por segunda ocasion, y ahora me salen con que me cancelaron el contrato por la deuda del otro domicilio y que tengo que hacer cosas de construccion para que me reconecten el servicio; mi pregunta es la siguiente:

    ES LEGAL QUE ME HAYAN DEJADO SIN SERVICIO POR LA DEUDA DEL OTRO DOMICILIO

    ES LEGAL QUE HAYAN QUITADO EL MEDIDOR Y AHORA QUIERAN A FUERZA COLOCAR UNO DIGITAL COMO CONSECUENCIA DE LA DEUDA DEL OTRO DOMICILIO

    SE LEGAL QUE ME HAYAN CANCELADO EL CONTRATO QUE AUN ESTABA VIGENTE POR CAUSA DE LA DEUDA DEL OTRO DOMICILIO

     

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  • Autor
    Respuesta No: 381180

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Evidentemente no es legal, el problema es que cuanta o contaba con 45 días hábiles para demandar la nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminsitrativa. Si no han transcurrido esos días busque a un abogado especialista en la materia para que demande la nulidad o bien acuda a la Procuraduría de Defensa del Contribuyente, sólo cuídese de los coyotes y coyotas que abundan en este foro de asesoría gratuita publicando datos de contacto y "poniéndose a su órdenes".



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