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DEMANDA HOSTIGAMIENTO SEXUAL/CORRUPCIóN DE MENORES
- Consulta : 267311
- Autor : ubermensch
- Publicado : Domingo 31 de Mayo de 2015 21:06 desde la IP: 189.187.138.5
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 31 de Mayo de 2015
Hola pues que pena tener que consultar un asunto tan bochornoso pero ojalá tengan ojos para leerme.
Soy profesor de educación media superior, soy del D.F, pero con la mentada reforma educativa me gané una plaza en guanajuato así que agarré mis chivas, pedí prestado y me vine a intentar triunfar.
Sin embargo, todo acá ha sido remar contra corriente al llegar me fui a vivir con dos profesores que también venía de fuera(Por cierto la escuela es totalemnte nueva, así que todo nuevo, profesores, alumnos, todo)
No es correcto decir esto pero soy joven, alto y en gral bien parecido. Cuando entré pues varías alumnas, como siempre, empezaron de lanzadas, pero la enorme mayoría se da cuenta de su papel y del mio y nunca ha pasado nada. Sin embargo una alumna de nombre Zaira me empezó a acosar de la manera más fuerte que nadie jamás lo ha hecho, Guanajuato es un lugar muy pequeño así que todo mundo sabe donde vivesm donde comes, etc. No hay lugar para la privacidad. Si no tienes carro forzosamente tienes que ir en el mismo camión que los alumnos y no has alternativas. El caso que esta chica iba a mi casa(obvio jamás la dejé pasar) y el lugar donde comía.
Pues bien, créanlo o no ese no fue el principal problema.Zaira tenía una amiga de nombre alicia, esta chica perdió hace poco a su papá así que todo lo que hacia su amiga zaira se lo contaba a su propia madre. Lamentablemente la señora perdió hace poco a su marido así que como verán todo se juntó,
Como empecé a sentir el ambiente borré a todos mis alumnos de face, y Alicia en una ocasión me pidió una explicación y le dije que no había problema que si quería podía gregarme de nuevo.
Me contactó como 7 veces por face, quiero decir que ella comenzaba la conversación. Dentro de las cosas que se dijieron allí resalto estas 3: 1)me pidió que le recomendara películas y le recomendé las dos siguientes Manhattan de Woody Allen y Persepolis. 2)En una ocasión le pregunté que si era verdad que en guanajuato se permitian las relaciones con muchos años de diferencia(le dije que yo me había enamorado en alguna ocasión de alguien de 16 años y que había sido una pesadilla. 3)le dije que como tomarían una situaci´n así sus papás. El chiste que cuando salía ella, Alicia y su amiga zaira me esperaban siempre y yo ya estaba fastidiado simplemente.
El hecho culminante llegó cuando un día me envió una imagen de ask donde se mencionaba que ya todo mundo sabía que se acostaba conmigo. Yo le dije que si sabía quien fue y ella dijo que no(yo en mi interior estpy convencido que fue ella misma o su amiga zaira). Ya me habia comentado que había tenido muchas problemas con zaira porque pensaba que ella me gustaba o yo le gustaba o ambas,
Cuando me enseñó la imagen yo simplemente me molesté mucho y le dije que no iba permitir que me difamaran, unas lineas despues me traanquilicé e hice el estúpido comentario "que mal que lo acusen a uno y ni siquiera lo disfruta". Como a mi nadie me sacaba de la cabeza que ella lo mandó le pregunté en esa misma ocasión si fue ella y si sentía algo por mí y se lo dije tres veces,
Esto provocó que la mamá fuera a quejarse de i y a decirle al director que yo acosaba a su hija. La coordinadora académica es una señora terrible me enteré que por todos los medios hizo entrevistas tendenciosas donde sugería las repuestas, el chiste es que finalmente llevó una queja por escrito donde me acusaba en la primera plana da acoso sexual, cabe mencionar que tambien una semana antes había dado una clase de sexualidad, plenamente justificada en los planes de estudio.
Así que se levantó todo el procedimiento admnistrativo, esto fue en diciembre antes de salir de vacaciones ya el primer día de clases me dice el director en el tono ms quitado de la pena qu eno pod´ria dar más clases hasta que se resolviera mi caso y llegó otro maestro para dar las clases.
Como en ese lapso no me corrieron(en la carta de la mamá pedía que me corrieran y me llamaba violador¬¬) la mamá me demandó penalmente. Así que desde finales de enero principios de febrero estoy demandado, el mp hizo sus investigaciones yo me fui a parar por mi propia voluntad al mp y di una predeclaración, aducí fundamentos jurídicos, como una recién aprobada ley para la juventud donde cosnagra el derecho y la obligación de recibir educación sexual, laica, científica,etc
El chiste es que el mp es una unidad especializada de atencion a delitos contra las mujeres. Dos caosas que había olvidado mencionar, la señora tiene influencias con la presidencia federal, esto me lo dijo el propio director y tambien la mp, ella me confesó así directamente que estaba recibviendo mucha presión para no archivar mi caso.
Naturalemente el mp no encontró pruebas de nada, una de als cosas que aducía alicia era que yo me le acercaba mucho en clase y le ponía mucha atención, de los cuatro alumnos que les ahbaron los cuatro lo negaron rotundamente, por cierto me llevo terrible con ese grupo así que no vayan acreer que me estaban tapando o algo.
Así que el mp me empezó a dar largas y largas, por fin hace una semana me dijieron que este martes apsado le daría la notificación de que se archivaría el expediente pero la señora no fue y una trabajadora de la agencia especializada me dijo que si no se rpesneta nunca para que le den la notificación nunca me podrán dar la hoja de archivo del caso.
La necesito, tampoco quiero perder mi trabajo, en la escuela no dan una resolución aún. Aunque cuando fue el abogado de la dirección para la que trabajo nos dijo ami y a la abogada sindical que sabían que no había nada y cuando le dije que porque entonces me tenían en este merequetengue me dijieron que era para tranquilizar a la mamá.
Mi pregunta es, lo que dijo la empleada de la agencia es correcto? basta con que no vaya la mamá para que nunca me den la resolución por escrito? qué puedo hacer?
P.D cómo creen que prospere una demanda por difamación? Estoy hecho mierda AYUDA
Que opinarían de una demanda contra la coordinadora académica o contra toda la escuela.
Cualquier comentario es bueno, moral, jurídico, personal, profesional.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 380860
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Fecha de respuesta: Domingo 31 de Mayo de 2015 22:01 2015-05-31 22:01 desde IP: 187.201.245.140
CONSULTANTE ubermensch,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Lo que su Servidor le sugiere que haga Usted Consultante en este caso, ES TOMAR UNA ACTITUD POSITIVA Y ACTIVA EN SU ASUNTO, denunciando penalmente a las personas que declararon FALSAMENTE EN SU CONTRA ANTE EL C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR QUE NOS COMENTA, POR LA PROBABLE COMISIÓN DE LOS DELITOS DE FALSOS INFORMES DADOS A LA AUTORIDAD, FRAUDE PROCESAL Y/O LOS QUE RESULTEN COMETIDOS EN SU AGRAVIO CONSULTANTE, POR LAS PERSONAS QUE NOS COMENTA EN SU CONSULTA, ante el C. Agente del Ministerio Público de su Localidad, el cual en términos de lo dispuesto por la Ley Penal, conocerá, tramitará y resolverá en su caso la Averiguación Previa correspondiente, practicando todas y cada una de las diligencias ministeriales pertinentes a fin de resolver conforme a derecho la misma, y en su caso, dictando las MEDIDAS PROVISIONALES Y/O PRECAUTORIAS QUE ESTIME PERTINENTES EN FAVOR DE USTED CONSULTANTE COMO VÍCTIMA DEL DELITO, para que una vez acreditados los elementos del tipo y la probable responsabilidad de la persona que indica, EJERCITE ACCIÓN PENAL EN CONTRA DE ESTAS PERSONA, SOLICITANDOLE AL C. JUEZ PENAL COMPETENTE LA ORDEN DE APREHENSIÓN CORRESPONDIENTE, CON LAS CONSECUENCIAS LEGALES INHERENTES PARA ESTOS CASOS, COMO LO ES UNA DE ELLAS LA CORRESPONDIENTE REPARACIÓN DEL DAÑO EN FAVOR DE USTED CONSULTANTE, PROVENIENTE DEL DELITO Y COMO PARTE DE LA PENA PÚBLICA QUE EN SU CASO SE LES IMPONGAN A LOS CITADOS DELINCUENTES, entiende, sirviendo de apoyo para lo anteriormente expuesto y fundado las siguiente Tesis de Jurisprudencia, así como la Tesis Aislada, emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las cuales son del tenor literal siguiente:
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXVI, Septiembre de 2007; Pág. 2531; Registro: 171 458 Numero de Tesis: I.3o.P.85 P
“FALSEDAD ANTE AUTORIDADES. PARA LA CONFIGURACIÓN DE ESTE DELITO NO SE REQUIERE QUE EL ACTIVO MANIFIESTE EXPRESAMENTE QUE "PROTESTA DECIR LA VERDAD", Y QUE SU ACEPTACIÓN QUEDE ASENTADA EN EL ACTA O DOCUMENTO CORRESPONDIENTE (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
Para la configuración del delito de falsedad ante autoridades previsto en el artículo 311 del Código Penal para el Distrito Federal, no se requiere que el sujeto activo manifieste expresamente que "protesta decir la verdad", y que su aceptación quede asentada en el acta o documento correspondiente, toda vez que la descripción legal de tal figura delictiva no exige la aceptación expresa del sujeto activo para conducirse con verdad ante la autoridad en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, en virtud de los hechos que motivaron su intervención, sino que únicamente requiere que a la persona que declara se le advierta de las sanciones a que puede hacerse acreedora si faltare a la verdad.”
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo en revisión 111/2007. 15 de agosto de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix. Secretaria: Paula María Luisa Cortés López.
Amparo en revisión 112/2007. 15 de agosto de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix. Secretaria: Paula María Luisa Cortés López.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXVIII, Agosto de 2008; Pág. 943; Registro: 169 053
“REPARACIÓN DEL DAÑO MORAL. PARA SU CONDENA EL JUEZ DEBE TOMAR EN CUENTA LA MAYOR O MENOR GRAVEDAD DE LAS LESIONES CAUSADAS A LA VÍCTIMA EN SUS DERECHOS DE LA PERSONALIDAD, SIN ATENDER A LA CAPACIDAD ECONÓMICA DEL SENTENCIADO NI A LA NECESIDAD DEL BENEFICIARIO DE RECIBIR EL PAGO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).
El artículo 20 constitucional, en su apartado B, fracción IV, prevé el derecho que tiene la víctima del delito en el procedimiento penal de que le sea reparado el daño sufrido; por su parte, el artículo 50 Bis del Código de Defensa Social de la entidad establece su carácter de pena pública, con independencia de la acción civil, y que se exigirá de oficio por el Ministerio Público, y ésta consiste en la restitución del bien o pago de su precio, la indemnización del daño material y moral, así como el resarcimiento de daños y perjuicios conforme lo dispone el artículo 51 del referido código; ahora bien, el monto de la indemnización del daño moral a que tiene derecho la víctima, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1993 del Código Civil Local será regulado por el Juez en forma discrecional y prudente, tomando en cuenta la mayor o menor gravedad de las lesiones causadas a la víctima en sus derechos de la personalidad, lo anterior, de acuerdo con los datos obtenidos del proceso. De lo relatado, se advierte que para que proceda la condena a la reparación del daño moral no es necesario demostrar la capacidad económica del sentenciado ni la necesidad del beneficiario a recibir dicho pago, por no ser un requisito establecido por el legislador, además de que de la interpretación de los preceptos legales aplicables tampoco se desprende esa exigencia, máxime que por tratarse de una pena pública las condiciones del autor del delito o las que imperan en el ofendido o agraviado después de cometido el ilícito son intrascendentes para la condena respectiva, por tratarse de una indemnización por el daño moral causado al o a los que sufren en sus derechos de personalidad las consecuencias de la conducta ilícita.”PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.
Amparo directo 273/2003. 16 de octubre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Juan Carlos Ramírez Benítez.
Amparo directo 325/2003. 24 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Juan Carlos Ramírez Benítez.
Amparo directo 164/2004. 8 de julio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Vélez Barajas. Secretaria: Alicia Guadalupe Díaz y Rea.
Amparo directo 124/2005. 9 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Vélez Barajas. Secretario: Jorge Patlán Origel.
Amparo directo 16/2008. 28 de febrero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Vélez Barajas. Secretario: Jorge Patlán Origel.
Nota: Por ejecutoria de fecha 8 de octubre de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 90/2008-PS en que participó el presente criterio.
Porlo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL EL CUAL PUEDE AUTORIZAR EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÒN IV DEL ARTÍCULO 12 LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS PARA QUE SEA EL REPRESENTANTE DE SU COADYUVANCIA, ASÍ COMO SU ASESOR JURÍDICO E INTERVENIR A SU NOMBRE Y REPRESENTACIÓN EN LAS ACTUACIONES DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA CORRESPONDIENTE, para que de esta forma tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso que no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, LE RECUERDO QUE EL MINISTERIO PÚBLICO DEL CONOCIMIENTO COMO REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD, ESTÁ OBLIGADO A BRINDARLE ASESORÍA JURÍDICA GRATUITA EN SU CASO, ADEMÁS DE LOS DEMÁS APOYOS PSICOLÓGICOS, MÉDICOS, ETC; QUE USTED NECESITE EN SU CASO, esperando que esta información le sea de utilidad, y que en breve resuelva su asunto favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
MORALES Y CIA ABOGADOS
Celular: (044) 55-5296-1158
WEB: w w w . m o r a l e s y c i a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s . m o r a l e s y c i a a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Junio de 2015 13:24 2015-06-01 13:24 desde IP: 187.168.128.245
Hola: ante todo mantener la calma, y analizar tu siguiente jugada, que bien pudiera ser promover ello a fin de que se te informara cual es el estatus de tu averiguacion previa, y derivado de ello analizar si pudieras interponer un amparo indirecto ello a fin de enderezar tu situacion laboral y del asunto en concreto...suerte.
LIC. ESTRADA
Email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775.... Asesoria en linea por medio de what saap.
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