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DEMANDA CIVIL CONTRA BBVA BANCOMER NO PAGA SEGURO GASTOS FUNERARIOS

  • Consulta : 266987
  • Autor : victorica.sergio.sv_NR
  • Publicado : Miércoles 27 de Mayo de 2015 18:43 desde la IP: 189.217.20.187
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,260
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  • Autor
    Consulta

  • victorica.sergio.sv_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes, podrian asesorarme como redactar una demanda civil contra banco BBVA BANCOMER.

    se niega a pagar un seguro de gastos funerarios ya que argumentan que no pagaran por que la causa de muerte es enfermedad preexistente, ya se presento queja ante CONDUCEF, pero no se arreglo nada.

    Primera.- el seguro se contrato por telefono-

    Segunda.- Jamas realizaron encuesta de enfermedades preexistentes.

    Tercera.- la causa de muerte no es la que argumenta el banco.

    La verdad no se como redactar la demanda ante lo civil, y es que no tengo por el momento dinero para contratar un abogado. gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 380659

  • PEGSA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que no es una demanda civil la que debe presentar, es mercantil.

    Asimismo, sin negar su capacidad para poder redactar un escrito, llevar un juicio sin tener conocimiento jurídico y especializado en materia de seguros privados hará difícil, por no decir imposible, que lleva a cabo su juicio con éxito. Por lo que deberá buscar forsozamente un abogado de su confianza.

    Primero porque debe conocer ante quien se presenta la demanda, luego que puntos debe pedir, exponer el fundamento legal, dar una narración de hechos y por ultimo y más importante manifestar las razones por lo cual considera que incumplió el contrato la aseguradora.

    Ya que de acuerdo a lo que expone, si la enfermedad es preexistente, eso no tiene nada que ver con la cobertura del contrato o la rescisión del mismo, es una figura en la cual estaba el difunto obligado a manifestarla a la aseguradora y por ello puede liberarse de pago.

    En lo que si le podría asistir la razón, es que si el motivo de la muerte no tiene relación con la enfermedad, si debe pagar la aseguradora.

    Si llegase a tener algún problema derivado de su seguro, le recomendamos que acuda a la CONDUSEF o si gusta (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría.

    “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”



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