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JUBILACIóN A LOS 62 AñOS
- Consulta : 265369
- Autor : florguz_NR
- Publicado : Lunes 11 de Mayo de 2015 19:08 desde la IP: 189.249.70.169
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,075
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 11 de Mayo de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
POR FAVOR, TENGO 62 AÑOS Y ME URGE SABER SI AL JUBILARME DE UNA EMPRESA PRIVADA, SÓLO ME CORRESPONDERÍA LO MARCADO POR LA LEY? Y LO MÁS IMPORTANTE ACABO DE CUMPLIR 24 AÑOS DE LABORAR EN ELLA, Y SEGÚN EL FINIQUITO, EN LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD EL CÁLCULO LO BASAN SOBRE DOS SALARIOS MÍNIMOS, SIENDO QUE YO PERCIBO CASI 6 SM, ESE CÁLCULO ES EL CORRECTO? LES AGRADEZCO DE ANTEMANO SU APOYO, YA QUE SERÁ PARA ESTE PRÓXIMO 15 DE MAYO
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 379453
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:26 2015-05-11 21:26 desde IP: 187.159.145.124
El calculo debe se debe realizar de acuerdo a el salario integrado, te deben dar tu prima de antiguedad y demas prestaciones, lo ideal seria que provocaras el despido injustificado, segun tu interes, tambien podrias aceotar el pago que te ofrecen y despues demandar el resto, asi no te descapitalizas, recuerda que la accion de reinstalacion o indemnizacion solo procede si no te finiquitan o liquidan ante la Junta de Conciliacion, recuerda que tienes dos meses para demandar.
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Tel. 62586643
Oficina: 59371989
Whatsapp: 5562586643 -
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AutorRespuesta No: 379461
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:57 2015-05-11 21:57 desde IP: 189.134.65.255
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