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QUE PROCEDE CUANDO LA EMPRESA ALA QUE DEMANDE POR DESPIDO INJUSTIFICADO NO QUIERE LLEGAR A UN ARREGLO CONMIGO
- Consulta : 264595
- Autor : rioga_1902_NR
- Publicado : Domingo 03 de Mayo de 2015 02:40 desde la IP: 200.79.233.211
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,138
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 03 de Mayo de 2015
Estado de Referencia: Quintana Roo
hola muy buenas tardes la siguiente consulta es para ver si pueden acesorarme puse una demanda con una empresa al cual le trabaje 5 años me despidieron injustificadamente, fui a consiliacion para llegar a un arreglo el cual no se pudo hacer nada porq no me kerian pagar los dias caidos dsd el dia que me despidieron, posteriormente levante demanda ya hubo una audiencia el cual volvio a lo mismo que no quieren pagarme mis dias caidos yo lo pedi tengo entendido que despues de varias audiencias o de un determinado numero de audiencia ya no se prosede a nada quisiera saber como hago para precionar mas ala empresa tengo un abagado que me lleva el caso ay alguna institucion o gobierno al que yo puedo acudir si no quieren llegar a pagarme??? que procede en este caso al no llegar a un arreglo??
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 378950
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Fecha de respuesta: Domingo 03 de Mayo de 2015 10:13 2015-05-03 10:13 desde IP: 187.176.101.171
Enprimer lugar, debo decirle que la empresa, enla etapa procesal en que se encuentra, NO ESTÁ OBLIGADA a pagarle salarios caídos, ya que no existe ningúnlaudo que la condene a ello.
En los procedimientos laborales, se inicia con una etapa bifásica, es decir, que consta de dos fases: la primera se llama de conciliación, y es precisamente en ésta en la que las partes, actor y demandado, tienen la oportunidad de llegar a un acuerdo a fin de evitar la tramitación del juicio que, entre paréntesis, puede tardar muchos años en terminarse.
En esta etapa de conciliación, generalmente la empresa ofrece sólo un porcentaje de lo que legalmente le corresponde al trabajador, y comprende solamente la indemnización constitucional (3 meses), vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales, y la prima de antigüedad (12 días por año de servicios, con el tope salarial de 2 veces el salario mínimo general, cuando el trabajador tuvo un salario superior a esa cantidad); es común que en esta fase, cuando existe voluntad de las partes, el conflicto se solucione con un 65% o 70% de la cantidad que resulte de esas prestaciones.
Si usted pretende que se le paguen los salarios caídos, que solamente pueden ser por los primeros 12 meses, contados a partir de su despido, tendrá que continuar con el juicio que, como le señalé anteriormente, se llevará varios años en resolverse, y al final, si es que lo gana, solamente recibirá un año de salarios caídos, y además, los vigentes en la época del despido, por lo que la inflación también habrá reducido considerablemente el provecho que podría obtener de ellos.
Solamente recuerde: "vale más un mal arreglo que un buen pleito"; con mayor razón, cuando en todo juicio, ninguna de las partes tiene la certeza de ganarlo.
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