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CAMBIO DE APELLIDO PATERNO PARA MI HIJO

  • Consulta : 264507
  • Autor : aresuam16_NR
  • Publicado : Viernes 01 de Mayo de 2015 15:26 desde la IP: 189.173.193.100
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,096
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  • Autor
    Consulta

  • aresuam16_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California Sur

    Buenas Tardes

    Pido su apoyo para resolver las siguientes dudas:

    Deseo hacer un cambio de apellido paterno para mi hijo, ya que su padre biologico no se ha hecho responsable de sus necesidades desde hace mas de 5 años, ¿quiero saber si esto es posible, cuales son los procedimientos y requisitos que debo cubrir.?

    De ante mano muchas gracias!!.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 378912

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Considerando que la filiación de las personas es un derecho constitucional, convencional y humano, ya que les permite conocer quienes son sus ascendientes, 

    Por esa razón, el artículo 71,.del Código Civil del Estado de Baja ]california Sur, expresamente prevé cómo debe constituirse el nombre de una persona, en aquellos casos en que ha sido reconocido por sus padres biológicos, ya que dicho precepto, textualmente señala:

    "Artículo 71.- El nombre de las personas físicas se constituye con el nombre propio, primer apellido del padre y primer apellido de la madre".


    Como podrá darse cuenta entonces, su pretensión es improcedente, ya que usted no puede, por capricho, venganza o motivo similar, quitarle el apellido paterno a su hijo.

    Lo que tiene y está legalmente obligada a hacer, dado que señala el incumplimiento del padre de su hijo a sus obligaciones, es asistirse de un abogado especialista en Derecho Familiar, y exigirle el pago de los alimentos mediante la demanda correspondiente, e inclusive, tiene expedita la vía penal para hacerlo, dado que el incumplimiento a las obligaciones alimentarias, también es un delito que se sanciona con pena de prisión.

    Por tanto, no sea usted cómplice por omisión del padre, ya que si él no cumple y usted no lo exige legalmente, usted también es responsabie de ese incumplimiento.



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