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ORIENTACION !!

  • Consulta : 263568
  • Autor : martelblu_NR
  • Publicado : Miércoles 22 de Abril de 2015 18:18 desde la IP: 189.217.208.248
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,130
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  • Autor
    Consulta

  • martelblu_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola

    Buenas Tardes .!!!

    El motivo del presente es para que me regalen una orientacion, ya que me dieron de baja donde trabajaba esto sucedio el 18 de marzo del presente año la empresa me dio de baja por una requicicion de mi jefa ya que en evaluaciones internas semanales baje de calificacion pero esto solo fue en una semana es ahi donde deciden darme de baja, pero no me quieren liquidar al 100 o lo que me corresponde conforme a la ley ya que el lic. de ahi me informa que hay una ley donde establece que si el trabajador no cumple con las evaluaciones se tiene que dar de baja, ese dia cuando toman la decicion de darme de baja el lic. de adminitracion de personal me dice que firme mi una carta esa carta decia que por bienes en comun se lleba separan las partes yo antes de firmar le pregunto que me estan corriendo yo no estoy renunciado, el menciona que si que el lo sabe que me va a liquidar al 100 des pues de un mes mi cheque esta listo pero es por una catidad nada razonable, y me dice que es lo que me toca ya que laliquidacion al 100 no aplica por la evaluaciones. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 378372

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Usted fue objeto de un despido injustificado, pues es totalmente falso que la Ley Federaldel Trabajo prevea como causa de rescisión del contrato sin responsabilidad para el patrón, que el trabajador no cumpla con algún tipo de evaluación.

    NO FIRME NINGÚN DOCUMENTO, NI RENUNCIA, FINIQUITO, LIQUIDACIÓN o cualquiera otro que le exija firmar el patrón; ACUDA INMEDIATAMENTE A LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO; ahí le asignarán a un aboado de oficio para que demande el pago de la indemnización constitucional (3 meses de salario), prima de antiüedad, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales, y toda aquella prestación a la que tenga derecho, incluidos los salarios y prestaciones ordinarias devengadas y no pagadas a la fecha del despido.



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