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TRAMITE PENSION SIN ESTAR OBLIGADO A UNA RELACION LABORAL
- Consulta : 262015
- Autor : macaed_5109_NR
- Publicado : Miércoles 08 de Abril de 2015 20:18 desde la IP: 201.141.143.24
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,228
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 08 de Abril de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
Lic. Saul Ramirez
Le agradeceria indicarme en que año y a que artículo se refiere la modificacion que la H. Camara de Diados autorizó en el sentido de que cualquier trabajdor que ubiese cotizado al IMSS el mínimo de semanas requerido y teniendo la edad (60 ó 65) podrá soliciotar su pension sin tener que estar sujeto a una relación laboral o bien que haya sobrepasado su conservacion de derechos. Agradeceré su informacion y si es posible indicarme la fecha en la que apareció dicha modificacion en el Diario Oficial correspondiente. GRACIAS
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 377561
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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Abril de 2015 00:31 2015-04-09 00:31 desde IP: 189.134.205.163
No está muy claro a qué te refieres.
Por principio para obtener una pensión, entre otros requisitos, es necesario no estar sujeto a una relación laboral, siempre ha sido así.
Y solicitar su pensión por CV dentro de su período de conservación de derechos sigue siendo un requisito en la ley 73 aunque en la ley 97 ya no.
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