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PAGO DE PAGARE VENCIDO
- Consulta : 246251
- Autor : barovi68_NR
- Publicado : Lunes 27 de Octubre de 2014 11:49 desde la IP: 189.162.21.253
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,249
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 27 de Octubre de 2014
Estado de Referencia: Jalisco
buenos dias ,tengo un pagare el cual esta vencido en septiembre la persona no me ha dado interes desde marzo del 2014,como le puedo hacer para recuperar mi dinero o con quien púedo pasar a realizar la demanda correspondiente.
de antemano agradezco su atencion y ayuda
francisco baron
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 369043
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Octubre de 2014 13:19 2014-10-27 13:19 desde IP: 187.217.213.68
Estimado Francisco Baron
En atención a tu consulta debes saber que como ACREDOR tienes el derecho de exigir el pago de la deuda por medio de un juicio Ejecutivo Mercantil ya que tu pagare trae aparejada ejecución y es una prueba preconstituida, si crees que no puedes ya llegar a un acuerdo de pago con el DEUDOR, entonces tendrás que reclamar el pago por esta vía, con relación al vencimiento tienes el derecho de exigir por esta vía 3 años posteriores a la firma del documento y hasta 10 años de la misma por medio del Juicio Ordinario.
Ahora para la realización de la demanda deberás apoyarte de un abogado que conozca la materia mercantil, ya que el realizara el escrito de DEMANDA, para que esta sea admitida deberá reunir ciertos requisitos de forma y de fondo para que no sea causa de rechazo u observación, como sugerencia debes de tener el pagare en buenas condiciones y validar con el abogado que reúna los requisitos formales para ser exigible como son ( art 170 Ley de títulos y Operaciones de Crédito):
1. La mención de ser pagare
2. La suma de dinero determinada (deuda)
3. El nombre de la persona a que ha de hacerse el pago
4. la época y lugar de pago
5. la fecha y lugar que se suscribió el pago
6. la firma del suor (deudor)
Para que el abogado pueda realizar la demanda deberás cederle los derechos de cobro por medio de un endoso en procuración y si quieres que lo cobre y no tenga que estarte llamando a cada rato, endósaselo en propiedad con la cual le transmites la totalidad de los derechos.
La demanda según el lugar de residencia deberás presentarla si existe un juzgado especializado en materia mercantil, si no en un juzgado mixto o juzgado civil.
Una vez que el deudor sea notificado tendrá 8 días para contestar la demanda, pero desde el primer momento el actuario podrá señalar que el deudor garantice el pago de la deuda, señalando el los bienes o lo hagas tu como parte actora.
Si todo resulta bien el deudor se verá obligado al pago de la suerte principal (saldo) más lo accesorios y gastos que incurriste.
Espero te sirva de orientación, saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 369044
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Octubre de 2014 15:06 2014-10-27 15:06 desde IP: 189.130.2.169
Lo que puedes hacer es una demanda vía ejecutiva mercantil (art.1391, 1396, 1399, 1400, 1406, 1407 y1409 del Código de Comercio), ya que tu pagare aun no tiene más de tres años de vencido, esto es recomendable que lo hagas mediante un abogado, endosándole un el documento “en procuración”, es decir, para que el pueda realizar todos los trámites de cobro y demanda a tu nombre, el documento y el dinero seguirán siendo tuyos.
El Abogado formulara un escrito que será la demanda, dirigida al juez (Juez especializado en materia mercantil, Primera instancia civil, Juez de distrito), en el cual se deberá exponer que es tu endosatario, nombre y domicilio del demandado, cantidad a cobrar (suerte de la principal, intereses, gastos de ejecución, de acuerdo al art.1392 Código del comercio).
Para esto tu pagare deberá cumplir con todos los requisitos señalados en artículo 170 de la ley general de títulos y operaciones de crédito.
una vez que el juez lo declare procedente la demanda se procedera a lo estipulado al art. 1399 del copfidgo del comercio,"DENTRO DE LOS OCHO DIAS SIGUIENTES AL REQUERIMIENTO DE PAGO, AL EMBARGO, EN SU CASO, Y AL EMPLAZAMIENTO, EL DEMANDADO DEBERA CONTESTAR LA DEMANDA, REFIRIENDOSE CONCRETAMENTE A CADA HECHO."
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