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DEMANDA LABORAL

  • Consulta : 244795
  • Autor : carlos_mune93_NR
  • Publicado : Lunes 13 de Octubre de 2014 09:45 desde la IP: 189.220.232.194
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,090
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  • Autor
    Consulta

  • carlos_mune93_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco
    Buenos dias Bueno el motivo por el cual acudo a esta pagina es que mis padres tienen su propio negocio, es un negocio pequeño de lácteos. Hace poco tuvimos muchos problemas con dos de los trabajadores ( agresividad y bebían en horas de trabajo)pero no se les despedía por que tenían 5 y 10 años de antigüedad. Al final ellos renunciaron, el que tenia 5 años se fue y abandono el trabajo y el que tenia mas tiempo nos dio habido que se saldría en una semana. No se les dio liquidación por el motivo de como se comportaban en el trabajo, ahora nos están demandando diciendo que fueron despedidos injustamente. Podrían darme una asesoría.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 367807

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Dado que no señala la fecha en que se les emplazó a juicio, lo que deben hacer es contratar INMEDIATAMENTE a un abogado especialista en Derecho Laboral, a efecto que, por un lado, conociendo éllos hechos que se señalan en el escrito de demanda, esté en aptitud de darles la orientaciín que requieren y les pida preparen las pruebas documentales que será necesario ofrecer, en el momento procesal oportuno.

    Asimismo, el representante legal del negocio, si es una sociedad anónima, o las personas físicas a quienes se les demanda conjuntamente con el abogado que contraten, deberán comparecer en la fecha y hora señaladas para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, llevando consigo los documentos que justifiquen su personalidad (los demandados, si es persona moral, la escitura pública relativa a la constitución de la empresa, o si es persona moral, comprobante de domicilio del negocio y su alta en hacienda, y el abogado, su cédula profesional y poder notarial o carta poder simple firmada ante dos testigos, en que se le designa apoderado jurídico especial); en dicha audiencia, si no llegan a ningún acuerdo, se deberá contestar la demanda, ya sea por escrito u oralmente y se opondrán excepciones y defensas.

    En caso que no comparezcan, ni personalmente ni por conducto del abogado o apoderadoa la audiencia, se les tendrá por contestando la demanda en sentido afirmativo, esto es, por aceptando lo que el trabajador expuso en su demanda.

    Que ello le sirva de experiencia para que, cuando se les presente cualqueir situaciópn conflictiva con un trabajador, antes de tomar cualqueir acción o dejar de llevarla a cabo, busquen la asesoría de un abogado para que lleve a cabo los trámites legales que, si bien no eliminan el riesgo de una demanda, al menos pueden disminuir sus consecuencias, que enlo ecoómico, son sumamente gravosas.



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