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ME EMBARGARON BIENES QUE DEBO HACER
- Consulta : 242412
- Autor : barraoke.speed.bar_NR
- Publicado : Sábado 20 de Septiembre de 2014 08:39 desde la IP: 189.215.168.124
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,246
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 20 de Septiembre de 2014
Estado de Referencia: Chihuahua
Me embargaron mobiliario de mi negocio por un adeudo documentado (pagares), estas cosas las habian señalado con anterioridad y me habian nombrado depositario SIN mi consentimiento, ahora la diligencia que acaban de hacer le nombraron cambio de depositario, al estar sacando sillas, mesas, TVs y demas lastimaron mucho los muebles e inclusive golpearon y lastimaron las puertas por donde los sacaron, al efectuar la diligncia se presentaron con la fuerza publica, una actuaria y los demandantes, no hubo ningun otro tipo de incidentes, pero la verdad que es muy indignante el ver como se llevaron lo señalado practicamente arrastrando y ver como lo suben aventado y al hay se va a un camion, por cierto tuvieron que echar varias vueltas pues iba todo pesimamente acomadado
la diligencia se efectuo en el dia y horario de mas afluencia en el negocio e inclusive se tuvo que levantar a algunos clientes para quitar sillas y mesas, el negocio es un restaurant / bar
tengo varias preguntas
1.- cual es el siguiente paso en este juicio para recuperar lo embargado o para finiquitar el juicio
2.- me pueden volver a embargar mas cosas sobre el mismo juicio
3.- que pasa con los daños causados al mobiliario y al local (paredes, puertas de acceso, etc)
4.- con esto que embargaron estas personas, se da por pagado el adeudo
les doy las gracias anticipadas por su atencion
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 366109
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Fecha de respuesta: Sábado 20 de Septiembre de 2014 09:15 2014-09-20 09:15 desde IP: 189.211.135.22
Lo que usted necesita es contratar a un abogado especialista en Derecho Mercantil para que,si apun está en tiempo, conteste la demanda y promueva lo que en derecho proceda; si no lo hace dentro del término de 8 días hábiles, lo tendrán por confesando los hechos de la demanda lo que conducirá auna sentencia condenatoria en la que, en su ejecución, valuarán y rematarán los bienes, y si no alcanzan a cubrir el adeudo, podrán pedir una ampliación del embargo.
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