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ERROR EN FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGARE
- Consulta : 241770
- Autor : JJAVALOR
- Publicado : Viernes 12 de Septiembre de 2014 19:28 desde la IP: 187.157.37.194
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,094
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 12 de Septiembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 365607
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Fecha de respuesta: Viernes 12 de Septiembre de 2014 20:25 2014-09-12 20:25 desde IP: 201.152.165.19
Respecto a su pregunta le dire que si es valido y cobrable el pagare.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 365995
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Septiembre de 2014 11:02 2014-09-19 11:02 desde IP: 187.157.37.194
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Autor
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AutorRespuesta No: 365997
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Septiembre de 2014 11:16 2014-09-19 11:16 desde IP: 201.152.161.213
Su pagare no es a la vista, ya que contiene la fecha de vencimiento (en que debe pagarse) (Art. 171 LGTOC).
Los intereses moratorios son apartir de la fecha del vencimiento del pagare, en este caso apartir del 21 de enero del 2012.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 366064
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Septiembre de 2014 20:24 2014-09-19 20:24 desde IP: 187.157.37.194
El número de registro 169076 tésis aislada del tcc, PAGARÉ, LA CIRCUNSTANCIA DE QUE EXISTA INCONGRUENCIA ENTRE LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN Y LA FECHA DE VENCIMIENTO NO LE QUITA ESE CARÁCTER.
En dicha tésis se expone que se considera, que no se pactó fecha cierta de vencimiento y por ende es A LA VISTA en términos del art. 171 LGTYOC..
De ahí, que me haya atrevido a pronunciar que el pagaré era A LA VISTA.
Luego entonces, mi duda es, ¿A partir de cuando procede el cobro de los intereses moratorios pactados en dicho pagaré? Si el pagaré se considera a la Vista.
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