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VACACIONES CANCELADAS
- Consulta : 240524
- Autor : armandoamo_NR
- Publicado : Martes 02 de Septiembre de 2014 05:52 desde la IP: 189.169.113.182
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,225
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 02 de Septiembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 364703
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Fecha de respuesta: Martes 02 de Septiembre de 2014 09:39 2014-09-02 09:39 desde IP: 189.211.135.22
No, el derecho del patrón de descontarle los días de vacaciones que, en todo caso él mismo le otorgó de más, prescribió un mes después de que usted reanudó sus labores al término del período vacacional, de conformidad con lo que señala la fracción I, del artículo 516, de la Ley Federal del Trabajo.
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