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VOLVER A CONTRAER MATRIMONIO TRAS DIVORCIO
- Consulta : 240440
- Autor : edfllfed_NR
- Publicado : Lunes 01 de Septiembre de 2014 14:38 desde la IP: 189.138.246.167
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 01 de Septiembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 364626
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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Septiembre de 2014 15:17 2014-09-01 15:17 desde IP: 189.163.174.66
NO.
Si fue por mutuo consentimiento deben esperar 1 año contado a partir que la sentencia causo ejecutoria. Esto si fue en la via Judicial
Si fue administrativo como señala, tengo entendido que si pueden... sera cuestion de checarlo ... ahi mismo en Registro Civil podrán darle esa asesoria
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 364629
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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Septiembre de 2014 16:02 2014-09-01 16:02 desde IP: 187.208.76.166
como estas en el df estas en aptitud de contraer nuevas nupcioas una vez q te dicten sentencia y claro pagues los impuestos en el registro civil para la inscripcion de tu acta
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