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DIVORCIO

  • Consulta : 240427
  • Autor : josealfredomoran_NR
  • Publicado : Lunes 01 de Septiembre de 2014 13:09 desde la IP: 187.244.167.173
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • josealfredomoran_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    muy buenas tardes, disculpen tengo una preguntota... para no tardarme tanto en dar detalles... les quiero decir que tengo separado de mi aun esposa 2 años y medio, (tenemos una niña de 8 años) lamentablemente desde todo ese tiempo no le habia pedido comprobante del dinero que le daba cada semana, en si es poquito pero es lo que puedo darle 300 o 350, o hasta 250 por semana, aparte que utiles, ropa, emfermedades etc(de estas cosas ibamos mitad, porque ella tambien trabaja)... desde aproximadamente hace 1 mes le estoy pidiendo comprovante de lo que le doy... la verdad estoy preocupado, si quisiera divorciarme y no quiero que me valla a fregar con toda esa feria(repecto a los 2 años de separado) ...la verdad si ocupo un consejo porque no tengo dinero para pagar abogados ya que lamentablemente no estudie mas que la secundaria... de antemano muchas gracias y espero su pronta respuesta... 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 364609

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  • Autor
    Respuesta No: 364611

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


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    En principio, no puede decírsele si la cantidad que usted está entregando a su cónyuge por concepto de alimentos, es la que proporcionalmente usted está obligado a suministar, dado que no indica a cuánto ascienten sus ingresos semanales.

    Dene usted tomar en consideración que los alimentos, deben ser proporcionales tanto a las necesidades de quien debe recibirlos, como a las posibilidades de quien está obligado a suministrarlos; en su caso, si solamente tiene una hija y su cónyuge trabaja, lo que debe aportar para el sostenimiento de la menor debe ser, cuando menos, el 15 ó 20% de sus ingresos; si lo que entrega, sean $ 250.00, $ 300.00 o $ 350.00, es menos de ese porcentaje, entonces usted no está cumpliendo correctamente su obligación.

    Ahora bien, a fin de que, en caso de que llegara a ser demandado por alimentos, puede usted prevenirse para demostrar que está cumpliendo con ellos, para lo cual debe asistirse de un abogado especialista en Derecho Familiar, a fin de que promueva diligencias de jurisdicción voluntaria de ofreceimiento y pago de la pensión, trámite que debe hacerse ante un Juez, acompañando un certificado de de depósito amparando la cantidad que pone a disposición de la madre de su hijo; el abogado que contrate sabe qué y cómo hacerlo.

    De esa forma, en caso de que se suscite una controversia por alimentos, usted podrá pedir copias certificadas del expediente en que se están haciendo las consignaciones y con ello demostrar que usted está pagando una pensión alimenticia acorde a sus posibilidades.

    En el caso de las pensiones alimenticias de los 2 años que tiene de separado, su cónyuge no puede reclamarlas, ya que en todo caso, deberá cubrir la pensión que provisionalmente fijara el Juez, a partir de la fecha en que lo demandaran por su pago.



  • Autor
    Respuesta No: 364614

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buena tarde...

    Pues si no quiere darle comprobante de ingresos hagolo mas facil... pidale el numero bancario de su cuenta (Donde le depositan a ella su nomina) y hagale transferencias bancarias semanales o quincenales segun sea el caso... esto servirá para demostrar en juicio que cumpole con su obligacion alimentaria con la menor. 

    Si no quisiere darle el numero de la cuenta bancaria... entonces acuda a TELEGRAFO y mandele giro telegrafico cada semana o quincena con la cantidad..,.esta opcion le permite escribir un corto texto... escriba en todos ellos "Para alimentos de nuestra menor hija" y listo... vaya guardando todos y cada uno de ellos. 

    Mientras un Juez no se pronuncie sobre la cantidad que debe darle a esa menor... si deposita 250 o 300 USTED ESTA CUMPLIENDO .... si no le alcanza ... la señora que solicite entonces un juicio de alimentos (Aumenmto de) pero no podrá decir que no le da pension alimentaria.

    Saludos



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